
DEPARTAMENTO DE CORTES
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MUNICIPIO DE LA LIMA
Datos Históricos:
Historicamente esta zona ha jugado un papel muy importante para la economa del pais, por concentrar la mayor produccion bananera de Honduras, habiendo ubicado al pais, hace algunos años como el segundo mayor productor de bananos a nivel mundial, de alli que se le conoce como la ciudad del “Oro Verde”. Mas de la mitad de los campos de la Lima, producen banano, fundamentalmente de la compañia americana “Tela Railroad Company”, subsidiaria de la “Chiquita Banana”
Posiblemente La Lima fue fundada en 1871, siendo sus primeros
pobladores Francisco Aguiluz y Salomé Cruz.
Era una aldea del municipio de San Manuel, el 29 de mayo de 1923 se anexa al municipio
de San Pedro Sula.
El Decreto No. 75 del 12 de febrero de 1954 se concede a La Lima,
Cortés, la categoría de Villa.
Se creó el municipio el 13 de noviembre de 1981, así:
"ACUERDO No. 1073--A. Tegucigalpa, D.C., 13 de noviembre de 1981.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada
por varios vecinos de la Villa de La Lima, Departamento de Cortés, contraída a pedir sea
elevada a la categoría de Municipio dicha Villa.
RESULTA: Que, con fecha seis de julio
del corriente año, se mandó a oir al Señor Gobernador Político del Departamento de Cortés.
RESULTA: Que en igual fecha se mandó a oír al Señor Alcalde Municipal de San Pedro
Sula, Departamento de Cortés.
RESULTA: Que, con la misma fecha anterior se libró
comunicación a la Dirección General de Censos y Estadística, Organismo que evacuo
posteriormente la información requerida.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el
Artículo 3o. de la Ley de Municipalidades y Régimen Político se requiere una Población
que será la cabecera Municipal con mil habitantes por lo menos, un territorio proporcional
a la población del Municipio y recursos suficientes para su sostenimíento.
CONSIDERANDO: Que, según el Artículo 2o. de la citada Ley de Municipalidades y
Régimen Político, corresponde al Poder Ejecutivo la creación, supresión, anexión y
división de los municipios.
CONSIDERANDO: Que la Villa de La Lima reúne todos los
requisitos que manda la Ley.
POR TANTO,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, EN
USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTA INVESTIDO, Y EN APLICACION DE
LOS ARTICULOS 2o. y 3o. DE LA LEY DE MUNICIPALIDADES Y REGIMEN
POLITICO.
ACUERDA:
1. Crear el Municipio de La Lima, antes perteneciente al
Municipio de San Pedro Sula, en el Departamento de Cortés, con los caseríos de CAMPO
2, CAMPO LIMONES, CAMPO JUAN CURVA, CAMPO SANTA ROSA, CAMPO EL
ZAPOTE, CAMPO GUARUMA 1, CAMPO LAS MERCEDES, CAMPO COLOMBIA,
CAMPO LAUREL, CAMPO CAIMITO, LA BOLSA, COLONIA SAN CRISTOBAL,
GUARUMITA, COROZALES, HACIENDA, AGUA PRIETA Y CEIBITA, teniendo
como cabecera
cera la Población Urbana constituida hasta ahora como La Villa de LaLima.
3. Para la
fijación de los límites definitivos del nuevo municipio, la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación y Justicia, destacará al Departamento de Ingeniería de dicho
Ministerio, para que realicen la demarcación correspondiente.
4. Para la integración de la
Corporación Municipal, la Honorable Asamblea Nacional Constituyente determinará lo
procedente.
5. El presente acuerdo entrará en vigencia el quince de diciembre próximo y
deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta".
NOTIFIQUESE, General de
División Policarpo Paz García, Presidente.
El Secretario de Estado en los Despachos de
Gobernación y Justicia, Abogado Oscar Mejía Arellano".
ACUERDO No.119. Tegucigalpa D.C., 25 de febrero de 1983.
El Presidente de la
República, en uso de las facultades de que está investido,
ACUERDA: Reformar el
numeral 1 (uno) del acuerdo No. 1073-A de 13 de noviembre de 1981, el cual se leerá, así:
"1.) Crear el municipio de La Lima, antes perteneciente al municipio de San Pedro Sula, en
el Departamento de Cortés, con las aldeas y caseríos, de Campo
2, Campo Limones,
Campo Juan Curva, Campo Santa Rosa, Campo el Zapote, Campo Guaruma 1, Campo Las
Mercedes, Campo Colombia, Campo Laurel, Campo Caimito, La Bolsa, Colonia San
Cristóbal, Guarumita, Corozales, Hacienda Agua Prieta, Ceibita, Lupo, Copén„ San Juan
de Tacamiche, Indiana, El Paraíso, Flores de Oriente, Cruz de Valencia y Mopala, teniendo
como cabecera la población urbana constituida hasta ahora como La Villa de La Lima;
estando comprendido dicho municipio en los siguientes límites: los que anteriormente
correspondían al municipio de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en la Zona que se
extiende desde el campo Colombia hasta la Finca Lupo y que han representado sus límites
jurisdiccionales con los siguientes municipios: Villanueva, San Manuel y Choloma del
Departamento de Cortés y El Progreso del Departamento de Yoro. Así como los límites que
determinen en su cohndancia con San Pedro Sula, los siguientes lugares: Campo Colombia,
Colonia San Cristóbal, Hacienda Agua Prieta y La Lima, excluyendo el área ocupada por el
Aeropuerto Ramón Villeda Morales y ubicado en el Campo La Mesa, el cual corresponde a
la jurisdicción de San Pedro Sula. Siempre colindando con San_Pedro Sula, también
constituirá límite, el río Chamelecón con su curso aguas abajo, desde su intercepción con
los límites de La Lima hasta llegar a interceptar los límites de Lupo".
COMUNIQUESE: Dr. Roberto Suazo Córdova.
El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y
Justicia, Abogado Oscar Mejía Arellano.
DECRETO 162-83. El Congreso Nacional, Considerando: que la Comunidad de la
Villa de La Lima, en el departamento de Cortés, por su enorme vitalidad y dinamismo ha
crecido en forma acelerada, alcanzando niveles de primer orden, tanto en su situación
económica como geográfica.
Considerando: Que como consecuencia de la reciente creación
del Municipio de La Lima, la Villa de La Lima, fue elevada a la categoría de Cabecera
Municipal.
Considerando: que la Villa de La Lima cuenta con una población aproximada
de 15,000 habitantes, 4,500 viviendas, tres colegios de Segunda Enseñanza, varias Escuelas
Primarias, Mercado Municipal, boulevares y calles pavimentadas, proximidad al
Aeropuerto Internacional "Doctor Villeda Morales", que posee además, varios
establecimientos comerciales e industriales, centros de recreación y en adición, ostenta la
sede del Sindicato de Trabajadores de la Tela Railroad Company (SITRATERCO) y es
orgullosamente la cuna del Sindicalismo libre y Democrático de nuestro país,
POR TANTO, DECRETA:
Art. lo. Elevar a la categoría de ciudad ala Villa de La Lima, en el
departamento de Cortés. Art.
2o. El presente Decreto empezará a regir después de su
publicación en el Diario Oficial "La Gaceta ".
Dado en la ciudad de Tegucigalpa D.C., en
el salón de sesiones del Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de septiembre de
mil novecientos ochenta y tres,
José Efraín Bu Girón, Presidente.
SITUACION: Ubicada en el importante Valle de Sula y a la margen derecha del río
Chamelecón.
LIMITES: A1 Norte, municipios de Choloma, y San Pedro Sula; al Sur, Municipios
Villanueva y San Manuel; al Este, Municipio de El Progreso y al Oeste, municipio San
Pedro Sula.
ORIGEN DE SU NOMBRE: Le dieron este nombre por la abundancia de árboles de lima.
EXTENCION TERRITORIAL: 116 Km2
FERIA PATRONAL: El 30 de agosto, día de Santa Rosa de Lima.
ALDEAS: 26
CACERIOS: 76
Poblacion: 53.492
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