DEPARTAMENTO DE COLON

MUNICIPIO DE BONITO ORIENTAL

Datos Historicos:

El Municipio de Bonito Oriental fue fundado el 28/04/87 y tiene una poblacion de 22.949 habitantes.

CREACION: Decreto número 20-87. Tegucigalpa D.C., 28 de abril de 1987.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Vista para resolver la solicitud presentada por Argelio Castro Aciego, mayor de edad, casado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, colegiado con No. 775 del Colegio de Abogados de Honduras, hondureño y de este domicilio, en su condición de representante legal del Comité Pro-Municipio de la aldea de Bonito Oriental, jurisdicción de Trujillo, departamento de Colón, contraída a pedir que la aldea de Bonito Oriental, sea elevada a la categoría de Municipio.

RESULTA: que con fecha veinticinco de enero de mil novecientos setenta y nueve, el licenciado Argelio Castro Aciego, en su condición relacionada, presentó solicitud pidiendo que la aldea de Bonito Oriental de la jurisdicción actual de Trujillo en el departamento de Colón, sea elevada a la categoría de Municipio, acompañando la documentación correspondiente.

CONSIDERANDO: Que se libró comunicación a la Gobernación Política del departamento de Colón, a la Corporación Municipal de Trujillo en el departamento de Colón, a la Dirección General de Estadística y Censos, a efecto emitieran su informe correspondiente.

CONSIDERANDO: Que se dio traslado a la Procuraduría General de la República para que en representación del Estado de Honduras emitiera su dictamen.

CONSIDERANDO: Que se ha oído la opinión de la Dirección General de Asistencia Técnica Municipal de las secciones de Ingeniería y Legal de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 3o. de la Ley de Municipalidades y del Régimen Político, se requiere una población que será cabecera municipal, con mil habitantes por lo menos; un territorio proporcional a la población del municipio y recursos suficientes para su sostenimiento.

CONSIDERANDO: Que el artículo 2o. de la citada Ley de Municipalidades y del Régimen Político, corresponde al Poder Ejecutivo la creación, supresión, anexión y división de los municipios.

CONSIDERANDO: Que la aldea de Bonito Oriental en el municipio de Trujillo reúne todos los requisitos que manda la ley para ser elevada a la categoría de municipio.

POR TANTO: El Presidente de la República, en uso de las facultades de que está investido y en aplicación del artículo 2o. y 3o. de la Ley de Municipalidades y del Régimen Político y 245 numeral 11 de la Constitución de la República,

DECRETA:

1o. Crear el municipio de Bonito Oriental, antes perteneciente al municipio de Trujillo en el departamento de Colón integrada con las aldeas y caseríos de: Bonito Oriental, como cabecera municipal, La Esperanza, Corocito, San José del 5, Feo, Playa de Ganado, La Polla, Campo Tres, Antigual, Bethanía Orienta, Manchones, Palmichal, El Briche y los Tres Pasos, Playa Grande, Santa Elena, Agua Caliente, Aguán Corozo, Buena Vista, Chapín, Durango, El Achiote, El Aguacatal, El Portillón, El Tarral, La Mona, La Tijera, Las Nasas, Licona, Mata de Guineo, Manga Seca, Plan Grande, Pavana, Piedra Blanca, Quebrada de Agua, Quebrada Seca, Río Zarco, San Jerónimo, San Pedro, Tepe, Quebrada La Oficina.

Con las colindancias y límites siguientes:
Al norte, con el municipio de Trujillo y Santa Rosa de Aguán; al sur, con los municipios de San Estéban en el departamento de Olancho y parte del municipio de Iriona; al este, con el municipio de Limón y parte del municipio de Iriona y al oeste, con el municipio de Tocoa y parte del municipio de Trujillo.

LIMITES: Partiendo de la confluencia de la quebrada de Agua en el río Aguán, aguas abajo de este río llevando a la derecha las tierras de Bonito Oriental y a la izquierda las de Trujillo, Hasta llegar al sitio denominado Malaguas donde comienzan los límites con el municipio de Limón y continúan con el de Iriona; en este sitio se establecerá un mojón común a los municipios de Trujillo, Santa Rosa de Aguán, Limón y Bonito Oriental;
siguiendo con los límites del municipio de San Estéban que son a su vez jurisdicción departamental, estos continuarán con el municipio de Tocoa hasta llegar a la desembocadura de la quebrada de Agua en el río Aguán punto de partida de dichos límites.

2o. Para la integración de la corporación municipal de Bonito Oriental, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, en aplicación del artículo 191 reformado de la Ley Electoral y de las organizaciones políticas emitirá el acuerdo ejecutivo correspondiente.

3o. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE. José Simón Azcona Hoyo. Presidente. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, Raúl Elvir Colindres.

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