MUNICIPIO DE BONITO ORIENTAL
Datos Historicos:
El Municipio de Bonito Oriental fue fundado el 28/04/87 y tiene una poblacion de 22.949 habitantes.
CREACION: Decreto número 20-87. Tegucigalpa D.C., 28 de abril de 1987.
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Vista para resolver la solicitud presentada por
Argelio Castro Aciego, mayor de edad, casado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y
Sociales, colegiado con No. 775 del Colegio de Abogados de Honduras, hondureño y de
este domicilio, en su condición de representante legal del Comité Pro-Municipio de la aldea
de Bonito Oriental, jurisdicción de Trujillo, departamento de Colón, contraída a pedir que
la aldea de Bonito Oriental, sea elevada a la categoría de Municipio.
RESULTA: que con fecha veinticinco de enero de mil novecientos setenta y nueve, el
licenciado Argelio Castro Aciego, en su condición relacionada, presentó solicitud pidiendo
que la aldea de Bonito Oriental de la jurisdicción actual de Trujillo en el departamento de
Colón, sea
elevada a la categoría de Municipio, acompañando la documentación correspondiente.
CONSIDERANDO: Que se libró comunicación a la Gobernación Política del
departamento de Colón, a la Corporación Municipal de Trujillo en el departamento de
Colón, a la Dirección General de Estadística y Censos, a efecto emitieran su informe
correspondiente.
CONSIDERANDO: Que se dio traslado a la Procuraduría General de la República para
que en representación del Estado de Honduras emitiera su dictamen.
CONSIDERANDO: Que se ha oído la opinión de la Dirección General de Asistencia
Técnica Municipal de las secciones de Ingeniería y Legal de la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación y Justicia
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 3o. de la Ley de
Municipalidades y del Régimen Político, se requiere una población que será cabecera
municipal, con mil habitantes por lo menos; un territorio proporcional a la población del
municipio y recursos suficientes para su sostenimiento.
CONSIDERANDO: Que el artículo 2o. de la citada Ley de Municipalidades y del
Régimen Político, corresponde al Poder Ejecutivo la creación, supresión, anexión y
división de los municipios.
CONSIDERANDO: Que la aldea de Bonito Oriental en el municipio de Trujillo reúne
todos los requisitos que manda la ley para ser elevada a la categoría de municipio.
POR TANTO: El Presidente de la República, en uso de las facultades de que está
investido y en aplicación del artículo 2o. y 3o. de la Ley de Municipalidades y del Régimen
Político y 245 numeral 11 de la Constitución de la República,
DECRETA:
1o. Crear el municipio de Bonito Oriental, antes perteneciente al municipio
de Trujillo en el departamento de Colón integrada con las aldeas y caseríos de: Bonito
Oriental, como cabecera municipal, La Esperanza, Corocito, San José del 5, Feo, Playa de
Ganado, La Polla, Campo Tres, Antigual, Bethanía Orienta, Manchones, Palmichal, El
Briche y los Tres Pasos, Playa Grande, Santa Elena, Agua Caliente, Aguán Corozo, Buena
Vista, Chapín, Durango, El Achiote, El Aguacatal, El Portillón, El Tarral, La Mona, La
Tijera, Las Nasas, Licona, Mata de Guineo, Manga Seca, Plan Grande, Pavana, Piedra
Blanca, Quebrada de Agua, Quebrada Seca, Río Zarco, San Jerónimo, San Pedro, Tepe,
Quebrada La Oficina.
Con las colindancias y límites siguientes:
Al norte, con el municipio de Trujillo y Santa Rosa de Aguán; al sur, con los
municipios de San Estéban en el departamento de Olancho y parte del municipio de Iriona;
al este, con el municipio de Limón y
parte del municipio de Iriona y al oeste, con el municipio de Tocoa y parte del municipio
de Trujillo.
LIMITES: Partiendo de la confluencia de la quebrada de Agua en el río Aguán, aguas
abajo de este río llevando a la derecha las tierras de Bonito Oriental y a la izquierda las de
Trujillo, Hasta llegar al sitio denominado Malaguas donde comienzan los límites con el
municipio de Limón y continúan con el de Iriona; en este sitio se establecerá un mojón
común a los municipios de Trujillo, Santa Rosa de Aguán, Limón y Bonito Oriental;
siguiendo con los límites del municipio de San Estéban que son a su vez jurisdicción
departamental, estos continuarán con el municipio de Tocoa hasta llegar a la
desembocadura de la quebrada de Agua en el río Aguán punto de partida de dichos límites.
2o. Para la integración de la corporación municipal de Bonito Oriental, la Secretaría de
Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, en aplicación del artículo 191
reformado de la Ley Electoral y de las organizaciones políticas emitirá el acuerdo ejecutivo
correspondiente.
3o. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario
Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE. José Simón Azcona Hoyo. Presidente. El
Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, Raúl Elvir Colindres.
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