CODIGO PENAL (I)
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TITULO VI:
CAPITULO I: CLASES DE PENAS
Modificacion por Decreto # 191-96
Artículo 38.-Las penas se dividen en principales y accesorias. Son penas principales la reclusión, la inhabilitación absoluta, la inhabilitación especial, la multa y la prisión.
Son accesorias la interdicción civil y el comiso. La inhabilitación es también pena accesoria en los casos en que, no imponiéndolas especialmente la Ley, declara que otras penas la lleven consigo.
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