PODER LEGISLATIVO

DECRETO NUMERO 58 - 86

EL CONGRESO NACIONAL

CONSIDERANDO: Que el articulo 267 de la Constitución de la Republica establece que los organismos descentralizados del Estado enviaran al Poder legislativo dentro de los primeros treinta días de su instalación, los respectivos anteproyectos desglosados de Presupuesto para su aprobacion.

Considerando: Que conforme dicha disposición los organismos descentralizados tendrán que presentar sus proyectos de presupuesto hasta finales del mes de febrero de cada año, por lo que los mismos no podrán ser aprobados sino hasta después de iniciado cada ejercicio economico.

Considerando: Que el hecho de que los organismos descentralizados no podrán iniciar cada ejercicio económico con sus presupuestos debidamente aprobados, ocasiona a los mismos serios inconvenientes que obstaculizan gravemente su gestión financiera.

Considerando: Que para efectos de la consolidación del Presupuesto del Sector Publico, así como para los del sector Descentralizado, resulta de urgente necesidad y conveniencia modificar el periodo de presentación de los proyectos de presupuesto de los organismos descentralizados a fin de que se presenten simultáneamente con el proyecto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Republica.

POR TANTO.

DECRETA:

Articulo 1.- Reformar el articulo 267 de la Constitución de la Republica, el cual se leerá así:

"Articulo 267.- Los organismos descentralizados del Estado enviaran al poder Legislativo dentro de los primeros quince días del mes de septiembre de cada año, los respectivos anteproyectos desglosados anuales de presupuesto para su aprobacion.

Articulo 2.- El presente Decreto entrara en vigencia al ser ratificado constitucionalmente por la subsiguiente legislatura ordinaria.

Dado en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis.

Carlos Orbin Montoya
Presidente

Oscar Armando melara murillo
Secretario

Teofilo Norberto Martel Cruz
Secretario

Al Poder Ejecutivo. Por tanto Publiquese.

Tegucigalpa, M.D.C., 30 de Abril de 1986

Jose Simon Azcona Hoyo
Presidente de la Republica

Raul Elvir Colindres
Secretario de Estado en los Despachos de Gobernacion y Justicia.

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