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Armenia, 26 de julio de 2004

 

HONORABLES PARLAMENTARIOS COMISIÓN

TERCERA DE PRESUPUESTO DE LA CAMARA

HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES

HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

 

Respetuoso Saludo

 

Con plena autoridad moral y con el derecho social de quien ha actuado con dignidad y mucho de sacrificio, La Asociación Cívica Solidaridad, Institución con sede en Armenia, necesariamente debe pronunciarse en lo referente a los recursos destinados para el proceso de reconstrucción del Eje Cafetero, a raíz del sismo ocurrido el 25 de enero de 1999.

 

Es un hecho que debió cumplirse, que en virtud de la Ley 848 del 2003, las entidades que estuvieren manejando recursos del Estado con vigencias anteriores al 2002, deberían dar traslado de los mismos a la Tesorería General de la Nación. Es la ley y somos respetuosos de la ley. Empero, también es un hecho, que no se cumplió a cabalidad con los propósitos que dieron origen a disponer de una apreciable partida presupuestal, en aportes nacionales e internacionales, recientemente trasladada al Tesoro, muy a pesar de haberse agotado hasta la saciedad todos los mecanismos administrativos y jurídicos, en procura de aplicar los dineros al objetivo para el cual nacieron: Cubrir al máximo los requerimientos en materia de construcción, reconstrucción y reparación de las viviendas como consecuencia del terremoto, en la zona cafetera.

 

El párrafo anterior genera un corolario: Estos fondos, con naturaleza de subsidio para atender una catástrofe, sin restricción alguna deberán revertirse a la región, sujeto de aplicación de esos fondos, porque a esa región le pertenecen. Cualquier otro destino, sin haber satisfecho las necesidades para las cuales se asignaron, configura una desviación indebida del erario, siendo pragmáticos en el concepto y claros a la luz del marco jurídico.

 

Honorables Senadores y Representantes; Solidaridad, como única institución cívica que acogió las banderas de la reconstrucción, utilizó todas las vías administrativas y las instancias gubernativas y jurídicas, que comenzaron con un primer Derecho de Petición, hasta concluir con el Fallo del Honorable Consejo de Estado, por medio del cual se ordenó al FOREC dar aplicación al Código de Sismo Resistencia vigente, acorde con la Ley 400 de 1997. Para cumplir con este mandato de Ley, existen los fondos de que hablamos.

 

En la práctica, la Sentencia proferida por el Consejo de Estado (AP-136 de diciembre 7 del 2000) como máxima autoridad en este caso, surte efecto  "ERGA OMNES" y obliga a efectuar la cobertura del subsidio directo hasta el tope de 34 salarios mínimos mensuales legales vigentes, a todos los damnificados del Eje Cafetero. Como coadyuvante  jurídico,  reposan  en  nuestras  oficinas  providencias  y pronunciamientos que al amparo del DERECHO A LA IGUALDAD, ordenan reajustes del subsidio a quienes no se les ha concedido el tope asignado y conceptuando de otra parte, que todas las viviendas, así no hubiesen sido afectadas por el sismo, deberán ser reconstruidas bajo las normas técnicas de sismo resistencia, aún en el evento de que deban ser demolidas, pues prima el Derecho inviolable a la vida, claramente estipulado en el Articulo 11º. de la Constitución Nacional en concordancia con el articulo 5º, el cual consigna que el Estado reconoce, sin discriminaci6n alguna, la primacía de los derechos inalienables de las personas y ampara a la familia como institución básica de la sociedad. Señores parlamentarios, estamos invocando los principios y los derechos fundamentales promulgados en la Magna Carta.

 

Con plena prueba documental, poseemos más de 5.000 expedientes que significan más de 5.000 familias, que ameritan y obligan el reajuste, al tenor de lo dispuesto por Magistrados y Jueces. Todas ellas, con la justificación técnica y jurídica.

 

Lo anteriormente expuesto, está respaldado en un proceso de más de 4 años de continua e incansable labor, período durante el cual lideramos más de 40.000 derechos de petición, una Acción Popular, más de 11.000 incidentes de desacato, innumerables acciones y audiencias públicas, Asambleas Generales en todo el Eje Cafetero; reuniones con Alcaldes y Gobernadores, solicitudes de apoyo a Concejales y Diputados; visitas técnicas, con el diagnóstico de ingenieros civiles, a más de 6.000 predios urbanos y rurales, con el apoyo económico de nuestros asociados y de la comunidad. En una palabra, asumimos esta noble empresa con entera responsabilidad y conocimiento de las dificultades.

 

Nos satisface y constituye el arma fundamental para nuestras pretensiones, la positiva respuesta del Consejo de Estado a nuestra apelación; la Providencia emanada del Juzgado Tercero Municipal de Armenia; el fallo de tutela proferido por el Consejo Seccional de la judicatura de Caldas; el pronunciamiento del Consejo Superior de la Judicatura de la ciudad de Bogotá y las tutelas confirmadas en segunda instancia. Estos conceptos, que representan el marco de la ley y que reposan en nuestros archivos, son el soporte legal de irrefutable validez para darle cuerpo sólido al Proyecto que estamos implementando y que presentaremos oportunamente ante todo el país.

 

Ello le da vida a nuestra premisa y a nuestra propia sentencia, respaldada por miles de familias damnificadas:

¨No somos ajenos a las grandes necesidades de otras regiones del país; no desconocemos rubros de importancia como la educación y el saneamiento básico. Somos defensores de la inversión social y de la equidad. Pero los 12 mil millones de pesos producto de excedentes financieros por el diferencial cambiario y los 7.500 millones, recursos originalmente asignados para la construcción y reconstrucción de las viviendas damnificadas, encomendadas por Ley de la República al FOREC, constituyen una reserva con destinación específica: La reconstrucción del Eje Cafetero... y la Reconstrucción no ha concluido".

 

 

 

 

Atentamente,

 

 

 

 

CARLOS ARTURO ALZATE MURILLO

Representante Legal

Asociación Cívica Solidaridad

 

Copias:

 

Presidencia de la Republica

 

Secretaría General Presidencia de la República

 

Red de Solidaridad Social

 

Ministerio de Hacienda Pública

 

Dirección de Planeación Nacional

 

Contraloría General de la Nación

 

Procuraduría General de la Nación

 

Defensoría del Pueblo

 

Prensa Hablada y Escrita

 

Veedurías Nacionales e Internacionales

 

Archivo Solidaridad

 

 

 

ASOCIACION CIVICA SOLIDARIDAD

 

Carrera 16 No 19-28 of. 205-A   TEL. (096)7410101

 

CEL. 3154797194 -  asociacioncivicasolidaridad@terra.com  Armenia Quindío, Colombia, Sur América

 

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