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Desarrollo


El PREDEG empezo a funcionar a partir de noviembre del 97 con la firma de un acuerdo economico con el B.I.D. ( Banco Interamericano del Desarrollo). La reconversión consiste en apoyo economico y programa de capacitación dirigido a pequeños y grandes productores que lo soliciten.Para acceder a este programa los interesados deberán elaborar y presentar un proyecto elaborado por un técnico conocido, de lo contrario PREDEG se lo asigna, financiando parte del costo del mismo. El proyecto debe comprender las justificaciones técnicas, economicas y comerciales basandose en el reglamento tecnico elaborado por el PREDEG , el programa tambien está apuntando hacia las bodegas que solicitan apoyo, capacitación, mejoras en el activo ficto ( mejoras del nivel tecnologico) . En concordancia con los criterios explicitados en el Reglamento Tecnico , los proyectos seran evaluados y calificados , siendo aquellos de mas alto puntaje los que accederan a los mas altos niveles de apoyo posible . Los apoyos factibles de obtener son los de cofinanciamiento- reenbolsable- de hasta el 50% de los gastos operativos totales , conformados de la siguente manera : En los casos de proyectos que incluyan las dos etapas (productiva y comercial ),la enpresa solicitante podra optar por distribuir el nibel de cobertura aprobado mayor mente en la etapa comercial ,definiendose una nueva relacion porcentual que sera fija durante la ejecucion del proyecto . Podran participar de los benificios del instrumento : INAVI junto con PREDEG han aportado U$$ 3.000.000, mas U$$ 10.000.000 aportados por privados . Estos fondos son aportados para el apoyo economico , la capacitacion y la promocion comercial a nivel de mercado internacional . El apoyo economico se destina a la reconvercion (se arranca 1.5 Ha de viña vieja y se inplanta 1 Ha de viña nueva ). El apoyo tambien esta dirigido aquellos productores que quieran iniciarse en el rubro y tambien para jovenes productores
Al dia de hoy hay: INAVI y PREDEG realizaron una tercera convocatoria en el año 98 a la cual se presentaron planes para plantar 800 nuevas hectareas. La meta es que en el marco del programa, se reenconviertan 1900 hectareas. Esto se rige por el reglamento tecnico 1998 (se encuentra a continuacion) debido a que el nuevo no se encuentra a disposición.




CONVENIO PREDEG-INAVI

REGLAMENTO TECNICO - TERCERA ETAPA

Convocatoria Año 1998



Capitulo I - DEL ACCESO A LA TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA

1.- Podran acogerse a las posibilidades que brinda esta tercera etapa del Programa de Reconversion Viticola INAVI-PREDEG, todos los viticultores inscriptos en INAVI.
2.- En un regimen de llamado Especial, dentro de esta tercera etapa, que podra alcanzar hasta un total de 500 hectareas de reconversion de viñedos, podran acceder como beneficiarios pequeños viticultores que reunan las siguientes condiciones:
3.- Tambien podran acceder hasta un maximo global de 200 hectareas, sin obligacion de arranquio, proyectos presentados por el orden que sigue:
4.- De acuerdo al Reglamento Operativo del Contrato de Prestamo MGAP/BID 1063/OC-UR podran ser beneficiarios de los estimulos (subsidios) de Reconversion Varietal aquellos productores que en la actualidad cuenten con menos de 20 hectareas de viñedos implantados.
5.- Las obligaciones y responsabilidades de las partes (productor e INAVI/PREDEG) quedaran establecidas en el respectivo contrato que signaran determinando el acceso del productor a los estimulos del Programa.
Capitulo II- DE LAS VARIEDADES

1.- Teniendo en cuenta que el Programa de Reconversion Viticola esta orientado a potenciar la oferta exportadora, las variedades recomendadas y por tanto objeto de los beneficios del Programa son :
2.- En los casos en que a traves del proyecto presentado se justifique adecuadamente (desde los puntos de vista tecnologico y comercial), se podran autorizar otras variedades viniferas y de mesa.
3.- Referido al llamado Especial y dado sus objetivos especificos de sustituir la oferta acutal para vinificacion que disponen los pequeños viticultores, las variedades recomendadas son exclusivamente aquellas destinadas a la elaboracion de vinos mencionadas en el numeral 1 del presente Capitulo II. Tambien en este caso de existir una adecuada justificacion (tecnologica y comercial) podran ser autorizadas otras variedades viniferas.

Capitulo III- DE LA IMPLANTACION Y EL ARRANQUIO
1.- Se establece un area minima de proyecto de 1/2 hectarea y una area maxima de 5 hectareas (suma de uvas viniferas y de mesa) por viticultor beneficiario. La referida area podra ser instalada en un plazo maximo de tres años a partir de la aprobacion del proyecto.
2.- En el caso del llamado Especial el area minima a implantar sera de 1 hectarea y la superficie maxima de 3,5 hectareas por viticultor beneficiario, contando con tres años a partir de la firma del contrato correspondiente para la implantacion total.
3.-Cuando se trate de instalacion de viñedos con destino a la produccion de uva para vinificar, los viticultores seleccionados deberan erradicar 1,5 hectareas de viñedo por cada hectarea nueva a implantar. Cuando se trate de instalacion de viñedos para produccion de uva de mesa, no sera obligatoria la erradicacion.
4.- En el caso de la plantacion de uva de mesa sera obligatorio disponer de riego, cortinas contraviento y utilizar el sistema de conduccion previsto para cada variedad en este reglamento tecnico. La instalacion de las cortinas contraviento debera realizarse en forma anticipada al cultivo de uva de mesa. En el caso del riego se debera demostrar que se cuenta con el mismo o que se encuentra en tramite de ejecuccion (por ej. la constancia de PRENADER). Sera asimismo obligatorio el analisis del agua a utilizar para el cultivo.
5.- Los productores beneficiarios dispondran de un plazo maximo de 3 años a partir de la aprobacion del proyecto para proceder al arranquio del area de viñedo que corresponda.
6.- A los efectos de esta tercera etapa del Programa de Reconversion Viticola se reconoceran como validos todos los arranquios realizados a partir del 1° de enero de 1998, debidamente documentados ante el INAVI.

Capitulo IV- DE LOS SUBSIDIOS Y COMPENSACIONES POR ARRANQUIO
1.- En todos los casos de proyectos aprobados en esta tercera etapa del Programa, se abonara con recursos del Proyecto 1063/OC-UR PREDEG/BID y de INAVI un subsidio de hasta el 25 por ciento del costo ficto de implantacion por hectarea. A tales efectos, con periodicidad anual el INAVI y el PREDEG estableceran de comun acuerdo los costos fictos de implantacion. El pago de dicho subsidio se realizara dentro de un plazo de 6 meses luego de la implantacion y verificando, a traves de la inspeccion de INAVI, una brotacion minima en las plantas del 90%.
2.- Cuando el area aprobada en los proyectos sea implantada en forma fraccionada se pagara en cada año el monto equivalente al area implantada previa inspeccion y constatacion por parte de INAVI.
3.- La realizacion del arranquio de viñedos recibira el pago de una compensacion ficta por hectarea, la cual sera establecida anualmente por acuerdo entre INAVI y PREDEG. Dicha compensacion surgida de costos fictos sera abonada dentro de los 6 meses posteriores a la constatacion de la erradicacion total del area prevista en el proyecto. No se efectuaran pagos por erradicaciones parciales.
4.- La compensacion por arranquio vigente para el periodo correspondiente a este Reglamento (1998), sera de U$$1.000 por hectarea arrancada.
5.- En el caso del llamado Especial, a los efectos de acelerar la erradicacion de viñedos de baja calidad enologica, la compensacion ficta por hectarea de arranquio en 1998 ascendera a U$$2.000 por hectarea arrancada.
6.- La compensacion por arranquio en cualesquiera de los casos sera pagada con recursos provenientes de fondos externos al Proyecto 1063/OC-UR PREDEG/BID.

Capitulo V- DE LOS PROYECTOS
1.- Los viticultores dispondran de un plazo para la presentacion del presente proyecto hasta el 15/08/98.
2.- Aquellos productores comprendidos en el articulo 2 y 3 del Capitulo I, tambien deberan presentar su proyecto de implantacion o reconversion segun corresponda para ser incluidos en esta etapa del Programa, dentro del mismo plazo.
3.- Todo proyecto a ser presentado ante el INAVI debera estar avalado por un tecnico viticola (Ing.Agr. especializado, Enologo, etc.) inscripto en el registro de tecnicos habilitados que lleva dicha institucion. En relacion a los proyectos aprobados y hasta su 4to. ciclo vegetativo del viñedo implantado, el productor debera presentar al INAVI un informe semestral sobre el desarrollo del viñedo avalado por un tecnico.
4.- Los tecnicos pertenecientes a INAVI, o que ocupen cargos de Consejeros en el Instituto, asi como los tecnicos vinculados a la Unidad Ejecutora y a las Subejecutoras del PREDEG, no podran firmar, ni avalar los proyectos a que se hace referencia en el presente capitulo.
5.- A los efectos de la evaluacion de los proyectos el INAVI y el PREDEG conformaran un Comite Tecnico que cumplira dicha funcion.

Capitulo VI- DE LOS ASPECTOS TECNICOS
1.- Las plantas a ser utilizadas dentro del Plan de Reconversion, deberan cumplir con las normas basicas de calidad exigidas por INASE. Esta exigencia tiene validez tanto para plantas importadas y certificadas o nacionales que deberan provenir del Sistema Nacional de Certificacion. En cualesquiera de las eventualidades y a los efectos del pago del subsidio en la factura de compra de las plantas a ser presentada por cada beneficiario debera indefectiblemente estar claramente indicado la cantidad de plantas, nombre completo de la variedad e identificacion del pie o portainjerto, numero de rotulo identificatorio del material certificado y origen.
2.- En referencia a los portainjertos tanto para uva de mesa como de vino se dara preferencia a los siguientes: SO4, P 1103, R 110, RU 140, y 3309
Otros portainjertos quedaran sujetos a la aprobacion del proyecto y en funcion de la afinidad con la variedad, tipo de suelo (textura, composicion quimica, analisis nematologico u otras condiciones). Sera obligatoria la presentacion de analisis quimico del suelo a plantar.
3.- Se recomienda los siguientes sistemas de conduccion:
Se autoriza cualquier combinacion del sistema de conduccion y variedad entre los recomendados para uvas de vino. El parral se autorizara solamente para variedades blancas de mesa. La densidad de plantacion dependera del sistema de conduccion seleccionado, variedad a implantar, potencial del suelo, etc.
4.- Los proyectos para su recepcion y analisis deberan ser indefectiblemnte presentados en el formulario-instructivo entregado por INAVI-PREDEG.
5.- Con la entrega del formulario para presentacion de proyectos los productores recibiran el presente Reglamento Tecnico, al que deberan ajustarse a los efectos de acceder a los beneficios ya reseñados.

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