Desarrollo
El PREDEG empezo a funcionar a partir de noviembre del 97 con la firma de un
acuerdo economico con el B.I.D. ( Banco Interamericano del Desarrollo). La
reconversión consiste en apoyo economico y programa de capacitación dirigido a
pequeños y grandes productores que lo soliciten.Para acceder a este programa los
interesados deberán elaborar y presentar un proyecto elaborado por un técnico
conocido, de lo contrario PREDEG se lo asigna, financiando parte del costo del mismo.
El proyecto debe comprender las justificaciones técnicas, economicas y comerciales
basandose en el reglamento tecnico elaborado por el PREDEG , el programa tambien está
apuntando hacia las bodegas que solicitan apoyo, capacitación, mejoras en el activo
ficto ( mejoras del nivel tecnologico) .
En concordancia con los criterios explicitados en el Reglamento Tecnico , los
proyectos seran evaluados y calificados , siendo aquellos de mas alto puntaje los que
accederan a los mas altos niveles de apoyo posible .
Los apoyos factibles de obtener son los de cofinanciamiento- reenbolsable- de hasta el
50% de los gastos operativos totales , conformados de la siguente manera :
- Hasta el 50 % de los costos de la etapa de produccion (en caso que el cultivo o proceso tenga
algun conponente innovador que justifique esta consideracion ) .
- Hasta el 50 % de los costos de la etapa comercial exportadora (post- cosecha ,
materiales de acondicionamiento y envio , despacho de mercaderia ).
- En los casos que asi lo requieran se podra financiar el servicio tecnico especializado
que sea necesario, con hasta 80% bajo modalidad no reembolsable y el saldo de cargo
del beneficiario.
En los casos de proyectos que incluyan las dos etapas (productiva y comercial ),la
enpresa solicitante podra optar por distribuir el nibel de cobertura aprobado mayor
mente en la etapa comercial ,definiendose una nueva relacion porcentual que sera fija
durante la ejecucion del proyecto .
Podran participar de los benificios del instrumento :
- Grupos de productores legalmente constituidos asociados a agente comercial
exportador o a agroindustria .
- Grupos de productores sin forma legal presentados por agente comercial exportador
o agroindustria exportadora .
- Agente comercial exportador integrado con productores remitentes .
- Agrodoindustria integrada con productores remitentes.
INAVI junto con PREDEG han aportado U$$ 3.000.000, mas U$$ 10.000.000 aportados
por privados . Estos fondos son aportados para el apoyo economico , la capacitacion y
la promocion comercial a nivel de mercado internacional .
El apoyo economico se destina a la reconvercion (se arranca 1.5 Ha de viña vieja y se
inplanta 1 Ha de viña nueva ).
El apoyo tambien esta dirigido aquellos productores que quieran iniciarse en el rubro y
tambien para jovenes productores
Al dia de hoy hay:
- _ 380 Há arrancadas
- _ 400 Há plantadas
- _450 productores con proyecto aprobado ( 60% menores de 5 Ha)
INAVI y PREDEG realizaron una tercera convocatoria en el año 98 a la cual se presentaron
planes para plantar 800 nuevas hectareas. La meta es que en el marco del programa, se
reenconviertan 1900 hectareas.
Esto se rige por el reglamento tecnico 1998 (se encuentra a continuacion) debido a que
el nuevo no se encuentra a disposición.
CONVENIO PREDEG-INAVI
REGLAMENTO TECNICO - TERCERA ETAPA
Convocatoria Año 1998
Capitulo I - DEL ACCESO A LA TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA
1.- Podran acogerse a las posibilidades que brinda esta tercera etapa del Programa de
Reconversion Viticola INAVI-PREDEG, todos los viticultores inscriptos en INAVI.
2.- En un regimen de llamado Especial, dentro de esta tercera etapa, que podra
alcanzar hasta un total de 500 hectareas de reconversion de viñedos, podran acceder
como beneficiarios pequeños viticultores que reunan las siguientes condiciones:
- poseer un area de viñedo entre 1,5 y 5 hectareas, como principal rubro de
explotacion del establecimiento
- tener como viticultor una antigüedad de al menos 3 años
- disponer una composicion varietal del viñedo explotado con al menos un
50% de variedades Frutilla e Hibridos productores directos
- comprometerse a reconvertir un minimo de 1,5 hectareas de las referidas
variedades
- de existir productores que no reunieran la totalidad de las condiciones
mencionadas, podrian ser contemplados en caracter de excepcion hasta un 10%
del area de la superficie a reconvertir en los proyectos presentados y aprobados.
3.- Tambien podran acceder hasta un maximo global de 200 hectareas, sin obligacion
de arranquio, proyectos presentados por el orden que sigue:
- jovenes granjeros que hayan accedido a la liena de credito del BHU de
acuerdo a la resolucion de fecha 15 de mayo de 1996
- pequeños productores viticolas interesados en alcanzar un modulo minimo de
tamaño adecuado para el sustento familiar
- productores viticolas que, habiendo abandonado la actividad, decidan
reingresar al rubro
- productores viticolas inscriptos en el llamado del 15 de mayo de 1996, que
no presentaron proyectos
- otros productores no viticolas que deseen incorporar el rubro y que sean
elegibles de acuerdo a los criterios establecidos en el Reglamento Tecnico del
Proyecto PREDEG/BID (Contrato de Prestamo 1063/OC-UR)
- viveristas inscriptos en el Programa Nacional de Certificacion de Vid
(PNCV) y en INAVI, exclusivamente para la plantacion de bloques madres de
portainjertos habilitados por este Reglamento y otros que se justifiquen
debidamente por razones comerciales y/o tecnicas en funcion del interes del
PNCV. A estos efectos se definiran oportunamente las pautas de un
Reglamento especifico.
4.- De acuerdo al Reglamento Operativo del Contrato de Prestamo MGAP/BID
1063/OC-UR podran ser beneficiarios de los estimulos (subsidios) de Reconversion
Varietal aquellos productores que en la actualidad cuenten con menos de 20 hectareas
de viñedos implantados.
5.- Las obligaciones y responsabilidades de las partes (productor e INAVI/PREDEG)
quedaran establecidas en el respectivo contrato que signaran determinando el acceso
del productor a los estimulos del Programa.
Capitulo II- DE LAS VARIEDADES
1.- Teniendo en cuenta que el Programa de Reconversion Viticola esta orientado a
potenciar la oferta exportadora, las variedades recomendadas y por tanto objeto de los
beneficios del Programa son :
- Variedades para Vino
- Tintas: Tannat, Cabernet, Sauvignion, Cabernet Franc y Merlot
- Blancas: Sauvignion Blanc, Chardonay y Semillon de Burdeos
- Variedades para Mesa
- Negras: Moscatel de Hamburgo y Alphonse Lavallee
- Rosadas: Rubi y Cardinal
- Blancas: Italia
2.- En los casos en que a traves del proyecto presentado se justifique adecuadamente
(desde los puntos de vista tecnologico y comercial), se podran autorizar otras
variedades viniferas y de mesa.
3.- Referido al llamado Especial y dado sus objetivos especificos de sustituir la oferta
acutal para vinificacion que disponen los pequeños viticultores, las variedades
recomendadas son exclusivamente aquellas destinadas a la elaboracion de vinos
mencionadas en el numeral 1 del presente Capitulo II. Tambien en este caso de existir
una adecuada justificacion (tecnologica y comercial) podran ser autorizadas otras
variedades viniferas.
Capitulo III- DE LA IMPLANTACION Y EL ARRANQUIO
1.- Se establece un area minima de proyecto de 1/2 hectarea y una area maxima de 5
hectareas (suma de uvas viniferas y de mesa) por viticultor beneficiario. La referida
area podra ser instalada en un plazo maximo de tres años a partir de la aprobacion del
proyecto.
2.- En el caso del llamado Especial el area minima a implantar sera de 1 hectarea y la
superficie maxima de 3,5 hectareas por viticultor beneficiario, contando con tres años a
partir de la firma del contrato correspondiente para la implantacion total.
3.-Cuando se trate de instalacion de viñedos con destino a la produccion de uva para
vinificar, los viticultores seleccionados deberan erradicar 1,5 hectareas de viñedo por
cada hectarea nueva a implantar. Cuando se trate de instalacion de viñedos para
produccion de uva de mesa, no sera obligatoria la erradicacion.
4.- En el caso de la plantacion de uva de mesa sera obligatorio disponer de riego,
cortinas contraviento y utilizar el sistema de conduccion previsto para cada variedad en
este reglamento tecnico. La instalacion de las cortinas contraviento debera realizarse
en forma anticipada al cultivo de uva de mesa. En el caso del riego se debera
demostrar que se cuenta con el mismo o que se encuentra en tramite de ejecuccion
(por ej. la constancia de PRENADER). Sera asimismo obligatorio el analisis del agua a
utilizar para el cultivo.
5.- Los productores beneficiarios dispondran de un plazo maximo de 3 años a partir de
la aprobacion del proyecto para proceder al arranquio del area de viñedo que
corresponda.
6.- A los efectos de esta tercera etapa del Programa de Reconversion Viticola se
reconoceran como validos todos los arranquios realizados a partir del 1° de enero de
1998, debidamente documentados ante el INAVI.
Capitulo IV- DE LOS SUBSIDIOS Y COMPENSACIONES POR ARRANQUIO
1.- En todos los casos de proyectos aprobados en esta tercera etapa del Programa, se
abonara con recursos del Proyecto 1063/OC-UR PREDEG/BID y de INAVI un
subsidio de hasta el 25 por ciento del costo ficto de implantacion por hectarea.
A tales efectos, con periodicidad anual el INAVI y el PREDEG estableceran de comun
acuerdo los costos fictos de implantacion. El pago de dicho subsidio se realizara dentro
de un plazo de 6 meses luego de la implantacion y verificando, a traves de la
inspeccion de INAVI, una brotacion minima en las plantas del 90%.
2.- Cuando el area aprobada en los proyectos sea implantada en forma fraccionada se
pagara en cada año el monto equivalente al area implantada previa inspeccion y
constatacion por parte de INAVI.
3.- La realizacion del arranquio de viñedos recibira el pago de una compensacion ficta
por hectarea, la cual sera establecida anualmente por acuerdo entre INAVI y
PREDEG. Dicha compensacion surgida de costos fictos sera abonada dentro de los 6
meses posteriores a la constatacion de la erradicacion total del area prevista en el
proyecto. No se efectuaran pagos por erradicaciones parciales.
4.- La compensacion por arranquio vigente para el periodo correspondiente a este
Reglamento (1998), sera de U$$1.000 por hectarea arrancada.
5.- En el caso del llamado Especial, a los efectos de acelerar la erradicacion de viñedos
de baja calidad enologica, la compensacion ficta por hectarea de arranquio en 1998
ascendera a U$$2.000 por hectarea arrancada.
6.- La compensacion por arranquio en cualesquiera de los casos sera pagada con
recursos provenientes de fondos externos al Proyecto 1063/OC-UR PREDEG/BID.
Capitulo V- DE LOS PROYECTOS
1.- Los viticultores dispondran de un plazo para la presentacion del presente proyecto
hasta el 15/08/98.
2.- Aquellos productores comprendidos en el articulo 2 y 3 del Capitulo I, tambien
deberan presentar su proyecto de implantacion o reconversion segun corresponda para
ser incluidos en esta etapa del Programa, dentro del mismo plazo.
3.- Todo proyecto a ser presentado ante el INAVI debera estar avalado por un tecnico
viticola (Ing.Agr. especializado, Enologo, etc.) inscripto en el registro de tecnicos
habilitados que lleva dicha institucion. En relacion a los proyectos aprobados y hasta su
4to. ciclo vegetativo del viñedo implantado, el productor debera presentar al INAVI
un informe semestral sobre el desarrollo del viñedo avalado por un tecnico.
4.- Los tecnicos pertenecientes a INAVI, o que ocupen cargos de Consejeros en el
Instituto, asi como los tecnicos vinculados a la Unidad Ejecutora y a las Subejecutoras
del PREDEG, no podran firmar, ni avalar los proyectos a que se hace referencia en el
presente capitulo.
5.- A los efectos de la evaluacion de los proyectos el INAVI y el PREDEG
conformaran un Comite Tecnico que cumplira dicha funcion.
Capitulo VI- DE LOS ASPECTOS TECNICOS
1.- Las plantas a ser utilizadas dentro del Plan de Reconversion, deberan cumplir con
las normas basicas de calidad exigidas por INASE. Esta exigencia tiene validez tanto
para plantas importadas y certificadas o nacionales que deberan provenir del Sistema
Nacional de Certificacion. En cualesquiera de las eventualidades y a los efectos del
pago del subsidio en la factura de compra de las plantas a ser presentada por cada
beneficiario debera indefectiblemente estar claramente indicado la cantidad de plantas,
nombre completo de la variedad e identificacion del pie o portainjerto, numero de
rotulo identificatorio del material certificado y origen.
2.- En referencia a los portainjertos tanto para uva de mesa como de vino se dara
preferencia a los siguientes:
SO4, P 1103, R 110, RU 140, y 3309
Otros portainjertos quedaran sujetos a la aprobacion del proyecto y en funcion de la
afinidad con la variedad, tipo de suelo (textura, composicion quimica, analisis
nematologico u otras condiciones).
Sera obligatoria la presentacion de analisis quimico del suelo a plantar.
3.- Se recomienda los siguientes sistemas de conduccion:
- UVA DE VINO:
- Espaldera media y alta
- Lira (tipo Carbonneau o Smart)
- Tresbolillo
- UVA DE MESA:
Se autoriza cualquier combinacion del sistema de conduccion y variedad entre los
recomendados para uvas de vino. El parral se autorizara solamente para variedades
blancas de mesa. La densidad de plantacion dependera del sistema de conduccion
seleccionado, variedad a implantar, potencial del suelo, etc.
4.- Los proyectos para su recepcion y analisis deberan ser indefectiblemnte presentados
en el formulario-instructivo entregado por INAVI-PREDEG.
5.- Con la entrega del formulario para presentacion de proyectos los productores
recibiran el presente Reglamento Tecnico, al que deberan ajustarse a los efectos de
acceder a los beneficios ya reseñados.
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