¿QUIENES TRABAJAMOS EN EL INSALUD?

Personal funcionario: Es aquel comprendido en la disposición adicional 16ª de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y cuyo régimen jurídico está homologado con el de los funcionarios civiles de la Administración del Estado.
Personal Estatutario: es aquel cuyo régimen jurídico viene establecido en los siguientes estatutos:
1. Estatuto Juridico del Personal Médico de la Seguridad Social.
2. Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo de las II.SS.
3. Estatuto de Personal no Sanitario de las II.SS. Personal laboral: aquel cuyo régimen jurídico está regulado por un contrato de trabajo, bien de carácter fijo, bien de carácter temporal; estando sometido, por consiguiente a la normativa del Derecho de Trabajo.

Nuestra sitio web, esta dedicado al personal estatutario de la Seguridad Social, y en especial al personal No Sanitario de las Institutuciones de la Seguridad Social.

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Email: saludnosanitario@angelfire.com