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Capitulo # 7

  

Aunque muchas más mujeres y miembros de minorías están ocupando empleos 

que antes estaban dominados por hombres, todavía enfrentan problemas que 

ellos 

caracterizarían como formas de discriminación.

 

 

El significado etimológico del término “discriminar”, es distinguir un 

objeto de otro, una actividad moralmente neutral y no necesariamente 

incorrecta. Sin embargo, en la usanza moderna del término no es 

moralmente 

neutral: por lo regular se utiliza para referirse al acto indebido de 

distinguir ilícitamente entre las personas no con base en su mérito 

individual sino con base en un prejuicio o alguna otra actitud odiosa o 

moralmente reprochable.

 
Formas de discriminación: aspectos intencionales  institucionales

En primer lugar un acto discriminativo podría formar parte de la 

conducta aislada (no institucionalizada) de un solo individuo que de forma 

intencional  y a sabiendas discrimina por prejuicio personal. En 

segundo un grupo institucionalizado, que intencionalmente y a sabiendas discrimina 

por los prejuicios personales de sus miembros. En tercer lugar, podría 

formar parte de la conducta aislada (no institucionalizada) de un solo 

individuo que de forma no intencional, sin saberlo discrimina contra alguien 

porque inconscientemente adopta las prácticas tradicional y estereotipos de su 

sociedad. Y en cuarto lugar un grupo que de forma no intencional 

incorpora en sus procedimientos formales institucionalizados prácticas que 

discriminan 

contra las mujeres o las minorías.

 

Discriminación: su alcance

Hay una indicación prima facie de discriminación cuando un número 

desproporcionado de los miembros de cierto grupo detenta los puestos 

menos deseables dentro de las instituciones a pesar de sus preferencias y 

capacidades.  Tres tipos de comparaciones pueden proporcionarnos 

pruebas de tal  distribución :

1.        Comparaciones de los beneficios medios que las instituciones otorgan 

a otros grupos.

2.        Comparaciones de la proporción del grupo discriminativo que se 

encuentran en los niveles más bajos de las instituciones con las proporciones de 

otros grupos que están en  esos niveles.

3.        Comparaciones de las proporciones de ese grupo que detentan los 

puestos más ventajosos con las proporciones de otros grupos que detentan esos 

mismos 

puestos.

 

Comparaciones de Ingresos medios

Las comparaciones de ingresos  ofrecen los indicadores más sugerentes 

de discriminación. Las comparaciones de ingresos también revelan grandes 

desigualdades basadas en el sexo. Una comparación de los ingresos 

medios de hombres y mujeres muestra que las mujeres reciben sólo una fracción de 

lo que reciben los hombres.

Las disparidades en las ganancias entre hombres y mujeres aparecen tan 

pronto los hombres y mujeres salen de la escuela.

 

Comparaciones de los grupos con más bajos ingresos

El grupo de más bajos ingresos en EUA  consiste en las personas cuyo 

ingreso anual está por debajo de nivel de pobreza. La pobreza ha 

aumentado gradualmente en EUA  desde los años 70- sobre todo en la minoría 

hispanoestadunidense- aunque en 1995 hubo una mejora notable. La tasa 

de pobreza entre la minoría ha sido de forma consistente entre dos o tres 

veces 

más alta que entre los blancos.

 

Comparaciones de ocupaciones deseables

Porcentajes más altos de hombres blancos ocupan los empleos mejor 

remunerados, mientras que las minorías y las mujeres blancas ha ocupado  

puestos de la gerencia media en años recientes, no se ha permitido ni a 

ellas ni a la minoría ocupar los puestos de gerencia senior y altos 

ejecutivos, que son los mejor remunerados. Las ocupaciones más 

deseables las desempeñan los blancos mientras que las menos deseables las desempeñan 

los negros.

 

Discriminación: Utilidad, Derechos y Justicia

 Los argumentos en contra de la discriminación se dividen generalmente 

en tres grupos: argumentos utilitarios, que afirman que la discriminación 

da pie a un uso ineficiente de los recursos humanos; argumentos de 

derecho, que afirma que la discriminación viola los derechos humanos básicos; 

argumentos de justicia, que afirman que la discriminación da pie a una 

distribución 

injusta de los beneficios y cargas d la sociedad.

 

Utilidad

El argumento utilitario estándar contra la discriminación racial y 

sexual  se basa en la idea de que la productividad de una sociedad se optima en 

la medida que los empleados se asignan con base en la competencia (o 

“mérito”). 

Según el argumento, los diferentes empleos requieren diferentes 

habilidades y rasgos personales para poder desempeñarse de la forma más productiva 

posible. Por lo tanto si queremos garantizar que la productividad de 

los empleos sea máxima, se deben asignar a los individuos cuyas habilidades 

y 

rasgos de personalidad los califiquen como los más competentes para el 

trabajo en cuestión.

 

 

Derechos

Dice que el enfoque de la discriminación es incorrecta porque viola 

los derechos morales básicos de la persona. Como mínimo, este principio 

implica que todo individuo tiene el derecho moral de ser tratado como una libre 

e igual a cualquier otra persona y que toda la gente tiene la obligación 

moral 

correlativa de tratar a cada individuo como una persona libre e igual.

 

Los principios se violan de dos maneras: uno, la discriminación se 

basa en la creencia de que un grupo es menor a otros grupos. Y en segundo 

lugar, la 

discriminación coloca a los miembros de los grupos contra los que se 

discrimina en posiciones sociales y económicas inferiores.

 

Justicia

Las desigualdades sociales y económicas se deben disponer  de modo que 

estén vinculadas a funciones y puestos abiertos para todos en 

condiciones de igualdad de oportunidad equitativa.

 

Otro enfoque es el de  “principio de igualdad” formal: los individuos que 

son iguales en todos los sentidos pertinentes al tipo de tratamiento en 

cuestión deben recibir el mismo trato, aunque sean disímiles en otros 

sentidos no pertinentes.

 

La discriminación en el empleo es incorrecta porque viola el principio 

básico de la justicia al distinguir entre las personas con base en 

características que no son pertinentes para las tareas que deben 

desempeñar.

 

Prácticas Discriminatorias

 

Prácticas de reclutamiento: Las cías que se basan únicamente en las 

recomendaciones verbales de empleados actuales para reclutar nuevos 

empleados.

 

Prácticas de selección: Las pruebas de aptitud e inteligencia utilizada 

para seleccionar solicitantes se vuelven discriminatorias cuando sirven para 

descalificar a miembros de culturas minoristas.

 

Prácticas de promoción: Cuando los empleadores colocan a los hombres 

blancos en trayectorias de empleo distintas a las que están abiertas para las 

mujeres y minorías.

 

Condiciones de empleo: Cuando no se da la misma remuneración a personas 

que están realizando básicamente el mismo trabajo.

 

Bajas: Despedir a un empleado en base a su raza o sexo en una forma 

clara de discriminación.

 

Acoso sexual 

Las mujeres como ya señalamos  son víctimas de una clase especialmente  de  discriminación que es tanto declarada como coactiva: son víctimas de  acoso 

 sexual.

 

Más allá de la raza y el sexo: otros grupos

 

La ley de discriminación por edad en el empleo de 1967 prohibió  discriminar  contra los trabajadores mayores exclusivamente con base a su edad,  hasta la 

 edad de lo 65 años.

 

 

 

Programas de acción afirmativa

Los programas de acción afirmativa tiene ciertas metas finales que incluyen  el desarrollo de una justicia equitativa, prever medios legítimos de 

alcanzar es fin de la justicia, y tener una sociedad más justa, en la  que  las oportunidades de un individuo no estén limitadas por su raza o por su 

sexo.