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Noticias Regionales


Desde el pasado 28 de diciembre

Alcaldía paga un débito automático

de 1.918 dólares al día a Sec Le Car

* El contrato con Sec Le Car no fue autorizado

 por el Concejo Municipal.

 

* Para la firma de la orden del débito automático, 

Bazán contrató por un día al ucesista Lino Rocha

 

LA PATRIA

Sin la aprobación de un contrato entre la Alcaldía Municipal con la empresa Sec Le Car por parte del Concejo Municipal, el alcalde de la ciudad de Oruro, Edgar Bazán ordenó el pago diario de 1.918 dólares a la empresa Sec Le Car, que instaló semáforos de "prueba" en las cuatro esquinas de la plaza 10 de Febrero.

Desde el pasado 28 de diciembre del 2001, por orden del ejecutivo y el Oficial Mayor Administrativo, la Comuna transfiere cuotas diarias de 1.918,89 dólares, a través de un débito automático a Sec Le Car, que tiene a su cargo la instalación de semáforos en Oruro, según una documentación a la que tuvo acceso LA PATRIA.

El débito automático es cancelado a través del Banco de Crédito Oruro a la cuenta Nº 401-14-749501-2. Por tanto, hasta hoy, 15 de 

Sec Le Car instaló 

cuatro semáforos

enero, la comuna ya abonó 21 mil 107,79 dólares.

Según el contrato firmado, el pasado 18 de junio del 2001, entre la Honorable Alcaldía Municipal y la empresa Sec Le Car, el Débito Automático es por 36 meses y días hábiles.

La orden fue emitida a través de una carta irrevocable que lleva dos firmas autorizadas, la del alcalde Edgar Bazán Ortega y Lino Rocha Céspedes, Oficial Mayor Administrativo (OMA) interino, contratado por un día.

EN SERIO

En criterio del secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales, Raúl Larrea Olguín, no pueden haber débitos automáticos a favor de ninguna empresa, como está ocurriendo en el caso de Sec Le Car, si es que no existe autorización del Concejo Municipal.

"Hasta la fecha conocemos que no ha terminado el proceso referente a los semáforos en el caso IMEXCOBOL", dijo Larrea, al señalar que la aparición del débito automático en favor de la empresa, supone la firma de un contrato.

Aseveró que la Alcaldía Municipal utiliza dinero de Participación Popular para efectuar el pago diario a la empresa Sec Le Car, que lo único que ha hecho hasta ahora es, colocar semáforos en las cuatro esquinas de la plaza 10 de Febrero, con carácter de prueba y de exhibición.

"Sin embargo, la empresa está recibiendo cada día hábil 1.918.89 dólares desde el 28 de diciembre del 2001, pero no se ve ningún trabajo, por eso el Concejo debe tomar en serio este asunto", afirmó.

SIN AUTORIZACION

Por su parte, el presidente del Concejo Municipal, Guillermo Aillón Zambrana, dijo que no hubo ninguna autorización ni aprobación para la firma de un contrato con Sec Le Car para la instalación de semáforos en la ciudad.

"No conocemos nada ni hemos aprobado ningún contrato, debe ser decisión del ejecutivo, pero el Concejo Municipal no ha aprobado nada", insistió Aillón.

Anunció que el Concejo Municipal enviará un carta al Alcalde para exigir una explicación y la entrega del contrato firmado con Sec Le Car, informe que luego será remitido a la comisión respectiva.

Consultado sobre el débito automático, el concejal adenista dijo que podría ser resultado de una emergencia por los trabajos de instalación de los semáforos de prueba en la plaza.

"Se está echando mano a recursos no autorizados y el ejecutivo es el único responsable de esta situación", afirmó.

DELICADO

Por su parte, el Oficial Mayor Administrativo, Edgar Piérola, consultado por LA PATRIA sobre la existencia del débito automático en favor de Sec Le Car, prefirió no hablar y calificó el caso como demasiado delicado.

No conozco, ni conocía nada y tampoco firmé ningún documento de débito automático, dijo.

LA PATRIA supo posteriormente, que para la firma de la orden del débito automático en favor de Sec Le Car, el alcalde Bazán contrató al ucesista, Lino Rocha Céspedes como un nuevo Oficial Mayor Administrativo en forma interina, pero sólo "por un día".

 

Pese al desconocimiento del Concejo Municipal

Bazán ratificó la legalidad

del contrato con Sec Le Car

El alcalde Edgar Bazán Ortega, dijo que el contrato con Sec Le Car y pago a través de un débito automático en favor de esta empresa, es legal y que el Concejo Municipal no tiene la obligación de conocer, pero que gustoso ofrecerá un informe al ente deliberante en caso de solicitarlo.

Estas aseveraciones fueron emitidas por el burgomaestre en su despacho, quien por momentos se molestó al responder algunas interrogantes.

 

LA PATRIA (LP): ¿La Alcaldía Municipal ha firmado un contrato con Sec Le Car para la instalación de semáforos en la ciudad?.

Edgar Bazán Ortega (EBO): Sí, no es de ahora, se ha firmado en el mes de julio, después de buscar una solución no para Edgar Bazán, sino para Oruro y hacer de que cuente pues con este moderno sistema de semaforización. El plazo para que Sec Le Car ejecute este proyecto es de un año calendario.

 

LP: ¿A partir de cuándo se ejecuta?

EBO: A partir del mes de julio

 

LP: ¿Qué fecha?

EBO: Creo que es a partir de los último días de julio.

 

LP: ¿Este contrato no fue aprobado por el Concejo Municipal?

EBO: En realidad no había necesidad, este es un contrato que se desprende de un contrato principal que nosotros hemos firmado el año de 1997, su cláusula décima séptima es clara. Entonces, el Concejo Municipal conoce perfectamente el tema de la subrogación del proyecto de semaforización en favor de los orureños, en favor de una empresa orureña que se llama Sec Le Car

 

LP: ¿A partir del 28 de diciembre se paga un débito automático de 1.918 dólares en favor de Sec Le Car?.

EBO: Sí, es así. Está previsto en el contrato. Entonces nosotros ya estamos empezando a amortizar la inversión que ha hecho Sec Le Car.

 

LP: ¿Sin embargo, Sec Le Car no está trabajando en este momento?

EBO: No, pero Sec Le Car ya tiene hecha una inversión, hecha en las cuatro esquinas de la plaza.

 

LP: ¿Esto es legal?

EBO: Si sería ilegal, don Edgar Bazán no estaría en realidad autorizando, es totalmente legal.

 

LP: ¿El pago del débito automático también debería ser de conocimiento y aprobación del Concejo Municipal?

EBO: No, son cosas operativas del municipio. El Concejo Municipal es un órgano deliberante, es un órgano fiscalizador, éstas son cosas triviales, son aspectos elementales y son la parte operativa del municipio, de la parte ejecutiva, perdón, del gobierno comunal.

 

LP: ¿Usted dijo que el Concejo Municipal es un órgano fiscalizador, pero no se está permitiendo fiscalizar el tema del contrato con Sec Le Car, ni el asunto del débito?.

EBO: No, seguramente el Concejo Municipal ha de hacer uso del Reglamento de Debates y cuando me pida alguna información, gustoso vamos a acceder a darle información, además que ya hemos hecho más de 10 veces la información. El firmar contratos, el tema de la parte de débitos, porque es una modalidad de pago de un proyecto, son cosas exclusivamente de la parte ejecutiva, la parte operativa.

 

LP: ¿La orden de pago al banco para el débito, lleva la firma de otro Oficial Mayor Administrativo contratado en forma interina, esto es legal no obstante de que el titular se encontraba en la Alcaldía en la fecha de la firma?.

EBO: Es totalmente legal, los funcionarios no son insustituibles, los funcionarios salen de vacaciones, salen con permiso, entonces hay que reemplazar, esta Alcaldía no puede pararse.

 

LP: ¿Sin embargo, el tema del contrato y del débito es desconocido por el Oficial Mayor Administrativo titular y el Concejo Municipal?

EBO: Bueno, en realidad hay que preguntar a don Edgar Piérola si no conoce, no. Entonces hay cosas de que el Concejo Municipal, en realidad no tiene la obligación directa de conocer, sí, cuando seguramente me lo van solicitar a través de un informe, que gustosos vamos a hacer conocer toda la información, no solamente al Concejo Municipal sino fundamentalmente al pueblo de Oruro

 

LP: ¿Todo lo que se ha realizado es legal, usted se ratifica?

EBO: Así es, está encuadrada en las leyes y usted debe conocer mejor, porque hace un seguimiento hace 5 años.

Tras la entrevista, y en medio de militantes de UCS, Bazán dijo que "éstas son cosas que le hacen mal a Oruro", al referirse a las cuestionantes planteadas por LA PATRIA.

 

El contrato fue firmado el 18 de junio del 2001

Director jurídico justificó el pago

del débito automático a Sec Le Car

El director de Asuntos Jurídicos de la Alcaldía Municipal, Juan Landaeta Aracena, dijo que la orden del débito automático en favor de Sec Le Car, obedece a un contrato firmado entre esta empresa y la Alcaldía Municipal el pasado 18 de junio del 2001.

"El ejecutivo ha tomado sus recaudos, tampoco es un débito que se va a generar por todo el lapso del contrato, sino que se ha dividido para cada mes 20 débitos mes, en días hábiles, durante este tiempo permite al ejecutivo hacer un seguimiento más estricto", afirmó.

Confirmó que el débito en favor de Sec Le Car, se inició el 28 de diciembre del 2001 en cuotas diarias, reiterando que fue a partir de la entrega de la boleta de garantía por la suma de 138 mil 160 dólares, que garantiza los 20 débitos/mes por todo el contrato, renovable acorde con el avance del proyecto y el informe del supervisor.

CONTRATO

De esta manera, el director de Asuntos Jurídicos de la comuna, confirmó la existencia de un contrato firmado con Sec Le Car, cuyo personero legal es el gerente propietario, Freddy Caro Navía.

Dijo que el contrato firmado el 18 de junio del 2001, por un millón 381 mil 603 dólares y con un interés del 10 por ciento anual sobre saldo deudor, tiene una duración de 360 días para la instalación de semáforos en el casco viejo de la ciudad y en algunas avenidas de importancia.

El funcionario del departamento jurídico de la comuna orureña, recordó que antes de la firma del contrato, el Concejo Municipal recibió toda la carpeta de la proposición de Sec Le Car para la instalación de semáforos.

"El concejo ha conocido en sus diferentes comisiones, pero luego determinó que no tienen competencia para aprobar la subrogación del contrato, dejando en libertad al ejecutivo para firmar el contrato", sostuvo.

Dijo que el ejecutivo que tenía firmado un contrato anterior con IMEXCOBOL, en su décima séptima cláusula, referida a la subrogación, señala que ese contrato, no podrá ser subrogado de manera parcial o total a terceros sin el previo consentimiento del "propietario", mediante autorización escrita.

Agregó que el contrato actual con Sec Le Car, el propietario es la comuna, que ha basado sus decisiones en dicha cláusula para poder subrogar una parte del contrato, porque ya no se toman en cuenta las luminarias, que tiene otro financiamiento.

Aseguró que no es ilegal la firma del contrato con Sec Le Car, porque el ejecutivo es el "ejecutor" y el Concejo Municipal es el ente deliberante que hace la instancia legislativa, además el concejo descarga toda su responsabilidad en el ejecutivo y éste obra en consecuencia.

El abogado Landaeta afirmó que Sec Le Car ha trabajado, ha cumplido con la instalación de cuatro semáforos en la plaza, y luego procederá con el tendido de postes y será el supervisor de obra, para dar el visto bueno u objetar el trabajo.

Insistió en que la instalación de los semáforos como prueba, son parte del contrato y como puede ver la ciudadanía, la luminosidad es controlada a través de una computadora, "entonces esto no significa de ninguna manera que el trabajo no se esté realizando", aseveró.

El nuevo contrato para la instalación de semáforos en la ciudad de Oruro, lleva la firma del alcalde, Edgar Bazán Ortega, del Oficial Mayor Administrativo interino, Lino Rocha Céspedes y del gerente propietario de Sec Le Car, Freddy Caro Navía.

 

Caso Bazán

Concejales consultan al Tribunal Constitucional

Los concejales: Jaime Cuentas, Abdón Véliz y Hernán Gallardo, pidieron, a través de un memorial, al Presidente del Tribunal Constitucional, una interpretación sobre los alcances de una disposición contenida en la Ley de Municipalidades "ya que no se puede aplicar una norma jurídica con el viejo molde de la letra muerta de la ley", sostienen.

Consideran que no se puede aplicar mecánicamente la Ley "cuando de por medio priman antecedentes que importan el razonamiento y análisis objetivo de las mismas"

Afirman que conocen las causas que generaron la confirmación de la auto de procesamiento por auto de vista, dando lugar a que exista auto de procesamiento ejecutoriado en contra del Alcalde de este Municipio.

Afirman que el Alcalde, Edgar Bazán efectuó varias obras de mejoramiento urbanístico de la ciudad y entre ellas, se procedió a derrumbar el muro de un lote en la Avenida del Deportista.

Luego dice hacer conocer pormenores de este hecho, señalan algunas normas jurídicas y consultan una interpretación cabal del Art. 48 de la ley de Municipalidades "sobre si debe ser aplicada a letra muerta o por el contrario los concejales pueden apartarse, conociendo que causas generadoras del motivo de la suspensión no tienen el asidero cierto, motivando, de esta manera, fallos erróneos por cuanto el demandante Gerardo Ibarra es loteador avezado y sorprendió la buena fe de la Corte Superior del Distrito, así como de los señores jueces que tuvieron conocimiento de las acciones de este"

Luego, los firmantes del memorial, refieren una serie de actuados jurídicos en que se desarrolla el proceso contra el Alcalde Bazán y refieren antecedentes que pueden anular la acción de Gerardo Ibarra porque sorprendió a los jueces con documentos fraguados

Por lo explicado, en un extenso memorial, señalan que el Alcalde, Edgar Bazán Ortega "no ha cometido delito alguno sino que circunscribió sus actos a la defensa del patrimonio de la nación, previsto en la Constitución Política del Estado, considerando además que estas normas tienen preferente aplicación por su jerarquía sobre cualquier otra disposición de conformidad a lo indicado por el Art.228 del mismo cuerpo legal..

MANIPULACION

Los firmantes señalan saber, con prueba taxativa "que las bases de estos fallos no son sino consecuencia de la manipulación del demandantes que indujo a los magistrados a errores porque el H. Alcalde Municipal defendió el patrimonio comunal y que la demanda importa la participación de todo el Gobierno Municipal del cual el Concejo es parte integrante"

Concretan la consulta que si el Alcalde puede ser suspendido por la aplicación del Art. 48 de la Ley 2028 "o por el contrario puede apartarse este Concejo y dejar pendiente la suspensión aguardando que el proceso principal que está en sus últimas instancias concluya con la sentencia que corresponde y después obrarse en consecuencia.

 

En una operación sorpresa

Ex-trabajadores mineros ocuparon

ayer viejas viviendas de San José

LA PATRIA

Ex-trabajadores mineros, esposas y viudas ocuparon ayer las viejas viviendas del campamento San José, demandando que les sean transferidas "en justicia" como esta ocurriendo en otros centros mineros de país, según afirmación del representante de los ocupantes, Félix Rodríguez.

"Como ex-trabajadores mineros dependientes de COMIBOL, así como las esposas que quedaron viudas y sin respaldo alguno, hemos decidido llevar a cabo la toma de las viviendas del campamento San José, para exigir en el futuro a los ejecutivos, a que nos transfieran en propiedad, como está ocurriendo en otros distritos mineros del país, donde se está entregando los títulos de propiedad, como agradecimiento a los servicios prestados a la Corporación Minera", afirmó el representante de los ocupantes.

TOMA SORPRESA

Pese al control militar existente en el campamento, cerca de 40 ex-trabajadores mineros y viudas, en forma sorpresiva y sigilosa, llevaron a cabo una operación que permitió la ocupación de las viejas y desmanteladas viviendas, de donde aseguraron, "no saldremos, sino muertos, porque hemos ocupado lo que nos pertenece, por haber servido a COMIBOL y no haber recibido nada en el pasado", dijeron.

La toma sorpresiva de las viviendas, hizo que se movilizarán efectivos del Regimiento Camacho que tienen a su cargo el control de la propiedad de COMIBOL, tras verse avasallados los pocos centinelas, convocaron a las autoridades militares que enviaron tropas para ejercitar mayor control.

La tardía reacción de los efectivos militares, hizo que 37 viviendas, vetustas y completamente desmanteladas, (sin puertas, ni ventanas, e incluso algunas sin techo) fueron ocupadas.

REACCION

Tanto el Responsable de COMIBOL, como el Encargado de Servicios de la Mina San José, reaccionaron contra los encargados del control de la propiedad privada.

La movilización de efectivos militares, causó preocupación y malestar entre los ex-trabajadores mineros y viudas, quienes se mostraban hasta amenazantes por la presencia masiva. "Saldremos muertos de estas casas, que nos corresponden, porque hemos dejado parte de nuestra vida y juventud en las minas, mientras otros compañeros murieron y quedaron sus esposas viudas e hijos huérfanos desamparados", dijo Félix Rodríguez.

GARANTIAS

Una vez consolidada la ocupación de las viviendas, con la finalidad de buscar garantías para los "ocupantes", se hicieron presentes en San José, representantes de la Central Obrera Departamental, Enrique Camargo y Víctor Magne, además del Presidente de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos de Oruro, Arturo Alessandri.

El diálogo de los representantes con responsables de COMIBOL, permitió que los ocupantes de las viviendas, permanezcan en las casas de las que pueden salir y entrar, recibir mantas de viaje y frazadas para pasar la noche, así como trasladarse al baño, sin ser objeto se represalias, hasta tanto se llevan a cabo las negociaciones correspondientes.

En cada una de las casas ocupadas, existe un soldado del Ejército, que atemoriza a los ocupantes, quienes viven momentos de preocupación y zozobra, según afirmaron.

Es probable que en el curso de hoy hallen solución a la ocupación, según trascendió de una reunión sostenida por representantes y autoridades de la entidad minera.

 

Por el robo de 45 mil dólares

La parte civil pedirá la baja

de cinco policías procesados

* Resolución del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional

 calificó como "delito" la conducta de los uniformados implicados

 

LA PATRIA

La parte civil representada por Elvira Canaviri de Ayza, víctima del robo de 45 mil dólares por dos antisociales, ocurrido en septiembre de 2000, solicitará la baja de los policías implicados en el caso, Cnl. Juan José Pérez, My. Roque Bejarano, Tte. Morgan Velasco, Sgto. 1ro. Mario Alarcón, cabo Ramiro Helguero y el policía Guillermo Zambrana, en virtud a la Resolución emitida por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, que calificó como "delito" la conducta de los uniformados.

Según informe del abogado de la afectada, la solicitud se basa en el Art. 133 del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, donde se indica que el Comandante General de la Policía Nacional, dará de baja de la institución por Resolución Expresa a los miembros de la Policía Nacional previo auto motivado del Tribunal Disciplinario Superior, en el siguiente caso: a) Cuando el Tribunal sumariante califique el acto del funcionario policial como delito procediéndose en este caso a la remisión de obrados ante el Ministerio Público.

Elvira Canaviri sufrió el robo de 45 mil dólares el 19 de septiembre de 2000, cuando transitaba por el mercado Kantuta en la zona norte, acusando a Ana Torrico y Sonia Camacho como las autoras del hecho. La Fiscalía de Distrito el 17 de octubre de 2000, recibió la denuncia de que efectivos de la la Policía Técnica Judicial habrían recuperado los 45 mil dólares y que el dinero habría sido repartido entre los policías, recibiendo el Cnl. Juan José Pérez 17 mil dólares y que habría sido recogido por el policía Guillermo Zambrana, caso en el que también están implicados el My. Roque Bejarano, Tte. Morgan Velasco, Sgto. 1ro. Mario Alarcón y el Cabo Ramiro Helguero.

En fecha 12 de noviembre de 2001, el juez Marco Ernesto Jaimes Molina, del juzgado de Instrucción en lo Penal Liquidador No 2, dictó Auto Final de Instrucción de Procesamiento por el delito de receptación contra los policías Guillermo Zambrana, Juan José Pérez y Roque Bejarano, además de las antisociales Ana Torrico y Sonia Camacho.

Asimismo, se dictó Auto Final de Instrucción de Sobreseimiento Provisional a favor de los policías Morgan Velasco, Mario Luis Alarcón y Ramiro Casto Helguero, porque los indicios existentes en su contra no bastaban para presumir su culpabilidad en la comisión del delito de receptación.

Los antecedentes de este caso fueron remitidos ante el juez de partido liquidador de turno en lo penal, para su juzgamiento en instancia.

TRIBUNAL

En fecha 5 de diciembre de 2001, el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional emitió la Resolución Nº 233/2001, con la atribución contenida en el Art. 32º, Inc. a) del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional, y calificó como "delito" en el marco de la Resolución Judicial de procesamiento dictada por el juez instructor en lo penal, la conducta del Cnl. Pérez, My. Bejarano, Tte. Velasco, Sgto. Alarcón, Cabo Helguero y del Pol. Zambrana, en aplicación de los dispuesto por el Art. 103º, Inc., d) del Reglamento referido, debiendo hacerse conocer al Comando General de la Policía Nacional a los fines correspondientes.

Esa Resolución lleva la firma del Cnl. DAEN Hugo Molina Oropeza, presidente a.i. el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional.