CONCEPTOS BÁSICOS EN SALUD OCUPACIONAL Y SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES EN COLOMBIA
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GEOVANNY
ZÚÑIGA CASTAÑEDA
Área De Gestión Del Talento
Humano
ESCUELA DE GESTIÓN Y
FORMACIÓN EMPRESARIAL “DEMPRESA”
Técnico en Administración de
Empresas
Santiago de Cali, Abril 23
de 2004
USTED ES NUESTRO
VISITANTE Nº
“Espero que el contenido de este trabajo sea de gran utilidad
para todos aquellos empresarios, trabajadores, docentes y estudiantes de
COLOMBIA que lo necesiten y lo puedan aprovechar”
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TABLA DE
CONTENIDO

1.2 Reglamentación
En Colombia Sobre Seguridad Social
1.3 Sistema
General De Riesgos Profesionales
1.3.2 Campo De Aplicación Del Sistema
General Riesgos Profesionales
1.3.3 Conformación Del Sistema General De
Riesgos Profesionales
2 PROGRAMA
DE SALUD OCUPACIONAL
2.1 ¿En
Que Consiste Un Programa De Salud Ocupacional?
2.2 Política
de Salud Ocupacional
2.3.1 Participación Del Empleador O
Gerencia
2.3.2 Participación De Los Trabajadores
2.3.3 El Comité Paritario de Salud
Ocupacional COPASO
2.4 Coordinador
del Programa de Salud Ocupacional
2.5 Panorama
de Factores de Riesgo
2.6 Subprogramas
de Salud Ocupacional
2.6.1 Subprograma De Medicina Preventiva
Y Del Trabajo
2.6.2 Subprograma De Higiene Industrial
2.6.3 Subprograma De Seguridad
Industrial
2.6.4 Subprograma De Saneamiento Básico
Y Protección Ambiental.
2.7.3 Actividades A Desarrollar
2.8 Cronograma
De Actividades Y Evaluaciones
3 RESPONSABILIDADES
ANTE EL SISTEMA DE R.P
3.1 Por
Parte De Los Trabajadores
3.2 Por
Parte De Los Empleadores
3.2.2 ¿Qué Le Pasaría A La Empresa...?
3.2.3 ¿Cuánto Puede Costar Un Accidente
De Trabajo?
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Una de las principales
preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan
contra la salud de sus trabajadores y
contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal
de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por
consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en
el ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la
administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad
en buscar y poner en practica las medidas necesarias que contribuyen a mantener
y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar
a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las
disposiciones de la Organización Internacional el Trabajo OIT y las leyes
establecidas en el país conforme al Sistema de Riesgos Profesionales, ha de
elaborar un Programa de Salud Ocupacional pendiente a preservar,
mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus
correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma
multidisciplinaria.
DEFINICIONES
SALUD: Es un estado de bienestar físico,
mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad.
TRABAJO: Es toda actividad que el hombre realiza
de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.
AMBIENTE
DE TRABAJO: Es el conjunto de condiciones que rodean a la persona y que
directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral.
RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de
un evento. Ejemplo Riesgo de una caída, o el riesgo de ahogamiento.
FACTOR DE
RIESGO: Es un elemento,
fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los
trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo
físico, ruido, monotonía.
INCIDENTE:
Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias diferentes, podría
haber resultado en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN
CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un resbalón.
ACCIDENTE
DE TRABAJO: Es un suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión
del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud(una lesión
orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte). Ejemplo
herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se
considera accidente de trabajo:
El ocurrido en cumplimiento de labores
cotidianas o esporádicas en la empresa.
El que se produce en cumplimiento del
trabajo regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera
de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
El que sucede durante el traslado
entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
De igual manera no se
considera un accidente de trabajo el sufrido durante permisos remunerados o
no, así sean sindicales, o en actividades deportivas, recreativas y culturales
donde no se actúe por cuenta o en representación del empleador.
ENFERMEDAD
PROFESIONAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno
o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo.
El Gobierno adopta 42
enfermedades como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la
intoxicación por plomo, la sordera profesional y el cáncer de origen
ocupacional.
También es Enfermedad Profesional
si se demuestra la relación de causalidad entre el factor de riesgo y la
enfermedad.
SALUD
OCUPACIONAL: Se define como la disciplina que busca el bienestar
físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo.
En Colombia
el campo de la Salud Ocupacional, se encuentra enmarcado en toda la
reglamentación dada a través del Sistema General de Riesgos Profesionales
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La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad
Social en el país, la cual consta de tres componentes como son:
El Régimen de Pensiones
La Atención en Salud
El Sistema General de Riesgos
Profesionales.
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Cada uno de
los anteriores componentes tiene su propia legislación y sus propios entes
ejecutores y fiscales para su desarrollo.
A
continuación se describen los principales Decretos y Resoluciones que
reglamentan la Salud Ocupacional en Colombia:
|
Ley - Año |
Contenido |
|
Ley
9a. De 1979 |
Es
la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar,
conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones |
|
La
Resolución 2400 de 1979 de MinTra* |
Conocida
como el "Estatuto General de Seguridad”, trata de disposiciones sobre
vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo |
|
Decreto
614 de 1984 de MinTra Y MINSALUD |
Crea
las bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el
país |
|
La
Resolución 2013 de 1986 de MinTra |
Establece
la creación y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad
Industrial en las empresas |
|
La
Resolución 1016 de 1989 de
MinTra |
Establece
el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas |
|
Ley
100 de 1993 de MinTra |
Se
crea el régimen de seguridad social integral |
|
Decreto
1281 de 1994 de MinTra |
Reglamenta
las actividades de alto riesgo |
|
Decreto
1295 de 1994 de MinTra y MINHACIENDA |
|
|
Decreto
1346 de 1994 de MinTra |
Por
el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las
Juntas de Calificación de Invalidez |
|
Decreto
1542 de 1994 de MinTra |
Reglamenta
la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional |
|
Decreto
1771 de 1994 de MinTra |
Reglamenta
los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional |
|
Decreto
1772 de 1994 de MinTra |
Por
el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de
Riesgos Profesionales |
|
Decreto
1831 de 1994 de MinTra |
Expide
la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General
de Riesgos Profesionales |
|
Decreto
1832 de 1994 de MinTra |
Por
el cual se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales |
|
Decreto
1834 de 1994 de MinTra |
Por
el cual se reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos
Profesionales |
|
Decreto
1835 de 1994 de MinTra |
Reglamenta
actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos |
|
Decreto
2644 de 1994 de MinTra |
Tabla
Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral |
|
Decreto
692 de 1995 de MinTra |
Manual
Único para la calificación de la Invalidez |
|
Decreto
1436 de 1995 de MinTra |
Tabla
de Valores Combinados del Manual Único para la calificación de la Invalidez |
|
Decreto
2100 de 1995 de MinTra |
Clasificación
de las actividades económicas |
|
Resolución
4059 de 1995 |
Reportes
de accidentes de trabajo y enfermedad profesional |
|
Circular
002 de 1996 de MinTra |
Obligatoriedad
de inscripción de empresas de alto riesgo cuya actividad sea nivel 4 o 5 |
* MinTra = Ministerio de Trabajo

El Sistema de Riesgos Profesionales,
existe como un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades
profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia
del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia para el estricto
cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional.
El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295 de 1994,
cuyos objetivos buscan:
Establecer las actividades de
promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud
de los trabajadores
Fijar las prestaciones de atención en
salud y las prestaciones económicas derivadas de las contingencias de los accidentes
de trabajo y enfermedad profesional
Vigilar el cumplimiento de cada una de
las normas de la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de
administración de Salud Ocupacional a través de las ARP.
Particularmente el Decreto 1295 en su Artículo 21 Literal D,
obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del
programa de Salud Ocupacional en la empresa y su financiación. En el Artículo
22 Literal D, obliga a los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones del programa de Salud Ocupacional de las empresas.
En la Resolución 001016 de 1989 en el Artículo 4 y Parágrafo
1, se obliga a los empleadores contar con un programa de Salud Ocupacional,
específico y particular, de conformidad con sus riesgos potenciales y reales y
el número de los trabajadores. También obliga a los empleadores a destinar los
recursos humanos financieros y físicos, indispensables para el desarrollo y
cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los
riesgos y el número de trabajadores expuestos. Igualmente los programas de
Salud Ocupacional tienen la obligación de supervisar las normas de Salud
Ocupacional en toda la empresa, y en particular, en cada centro de trabajo.
Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace
necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes autónomos, que
dependan directamente de una unidad Staff de la empresa, para permitir una
mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una de las normas emanadas
de la Legislación de Salud Ocupacional.
Con las
excepciones previstas en el Artículo 279 de la Ley 100 de 1993, el Sistema
General de Riesgos Profesionales se aplica a todas las empresas que funcione en
le territorio nacional y a los
trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores públicos, oficial,
semioficial en todos sus órdenes y en le sector privado en general.
El Gobierno Nacional determinó la
organización y funcionamiento del Sistema General de Riesgos Profesionales, el
cual está integrado así:
a)
El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El Ministerio De Salud (Hoy
Fusionados Como Ministerio De Protección Social)
Es el organismo de dirección del
Estado en materia de Riesgos Profesionales.
Tiene como función la determinación de regímenes específicos de
vigilancia epidemiológica, el desarrollo de actividades de prevención y
controlar la prestación del servicio de Salud a los afiliados al Sistema en las
condiciones de calidad determinada por la Ley.
Para poder implementar sus
funciones se creó la Dirección Técnica
de Riesgos Profesionales. Esta dependencia tendrá la responsabilidad de
promover la prevención delos Riesgos Profesionales, vigilar y controlar el
funcionamiento del Sistema y aplicar las sanciones por violación a la norma
b)
El Consejo Nacional De Riesgos Profesionales
Organismo de dirección del
Sistema conformado por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores,
Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud ocupacional.
c)
El Comité Nacional De Salud Ocupacional
Órgano consultivo del Sistema
conformado por miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las ARP
d)
El Fondo De Riesgos Profesionales
Tiene por objeto desarrollar
estudios, campañas y actividades de promoción y divulgación para la prevención
de Riesgos Profesionales
e)
Las Juntas De Calificación De Invalidez
Son organismos de carácter
privado creados por la ley. Sus integrantes son designados por el Ministerio de
Protección Social. A través del dictamen médico laboral, resuelven las controversias
suscritas frente a la determinación del origen y/o grado de la invalidez,
incapacidad permanente o parcial, enfermedad profesional, el accidente o muerte
de los afiliados al Sistema .
f)
La Superintendencia Bancaria
Controlan, autorizan, vigilan y
garantizan el ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P
g)
Las Entidades Administradoras De Riesgos Profesionales A.R.P
Compañías
Aseguradoras de Vida a las cuales se
les ha autorizado por parte de la
Superintendecia Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben
cumplir las siguientes funciones:
Afiliar a los trabajadores
Administrar las cotizaciones hechas al
sistema
Garantizar el reconocimiento de
prestaciones asistenciales y económicas por parte de accidentes de trabajo y
enfermedad profesional
Realizar actividades de prevención y
promoción de los riesgos profesionales a las empresas afiliadas
En el
momento de la vinculación de una empresa a una ARP ésta asignará una tarifa de
acuerdo con la actividad principal de la empresa y la exposición a los factores
de riesgo.
Para ello se han determinado cinco
clases de Riesgo que contemplan las diversas actividades económicas de las
empresas. Si una empresa tiene mas de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser
clasificada para diferentes clases de
riesgo, siempre que las instalaciones locativas, las actividades y la
exposición a factores de riesgo sean diferentes.
|
CLASIFICACIÓN |
TIPO DE RIESGO |
EJEMPLOS |
|
Clase I |
Contempla actividades
consideradas de riesgo mínimo |
|
|
Clase II |
Actividades de riesgo bajo |
|
|
Clase III |
Actividades de riesgo
medio |
|
|
Clase IV |
De riesgo alto |
|
|
Clase V |
De riesgo máximo |
|
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Consiste en la planeación, organización,
ejecución, control y evaluación de todas aquellas actividades tendientes a
preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los
trabajadores con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
El principal
objetivo de un programa de Salud Ocupacional es proveer de seguridad,
protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo.
El
incremento en los accidentes de trabajo, algunos más serios que otros, debido
entre otras cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los
empleados, a la manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras
inadecuadas y en alguna medida por fallas humanas, hacen necesario que toda
empresa pueda contar con un manual que sirva de guía para minimizar estos
riesgos y establezca el protocolo a seguir en caso de accidentes.
Un programa
de salud ocupacional debe contar con
los elementos básicos para
cumplir con estos objetivos, los cuales incluyen datos generales de prevención
de accidentes, la evaluación médica de los empleados, la investigación de los
accidentes que ocurran y un programa de entrenamiento y divulgación de las
normas para evitarlos.
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Como punto de partida del Programa, las directivas de toda
compañía se deben pronunciar formalmente, a través de una política reflejando su interés por un trabajo
realizado en forma segura y su compromiso hacia la Salud Ocupacional,
posteriormente se definirán responsabilidades de todos los niveles de la
organización en la implementación del Programa y cumplimiento de todos los
normativos que para esto haya lugar.
La política contempla entre otros puntos los siguientes:
Cumplimiento de todas las normas
legales vigentes en Colombia sobre Salud Ocupacional y Seguridad Integral.
Protección y mantenimiento del mayor
nivel de bienestar, tanto físico como mental, de todos los trabajadores,
disminuyendo al máximo la generación de accidentes de trabajo y los riesgos en su
origen.
Preservación de buenas condiciones de
operación en los recursos materiales y económicos, logrando la optimización en
su uso y minimizando cualquier tipo de pérdida.
Garantía de que las condiciones y el
manejo de residuos no contaminen el medio ambiente y cumplan las normas
vigentes.
Responsabilidad de todos los niveles
de Dirección por proveer un ambiente sano y seguro de trabajo, por medio de
equipos, procedimientos y programas adecuados.
Responsabilidad de todos los
trabajadores por su seguridad, la del personal bajo su cargo y de la empresa.
Incorporación del control de riesgos
en cada una de las tareas.
Esta política será publicada y difundida a todo el personal,
para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el ejemplo
manifestado y demostrado por la alta gerencia.
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La
responsabilidad del éxito de un programa de salud ocupacional debe ser
compartida por todos, y es indispensable que todas las partes, empleados y
gerencia realicen su mejor esfuerzo en este sentido.
El programa
de Salud Ocupacional parte desde la gerencia su desarrollo efectivo y se
alcanzará en la medida que logre una concepción clara de la importancia del
mismo en los niveles de la organización. Por esto se plantean los siguientes
niveles de participación.
La institución en la que se trabaja, debe
proveer equipos de seguridad con los
cuales se pueda obtener condiciones de seguridad adecuadas para el trabajo. De
esta manera la gerencia o el empleador asumirá el liderazgo efectivo del
programa de Salud Ocupacional y participará directamente realizando una serie
de tareas como:
ü
Motivar al personal por la Salud Ocupacional a través de charlas, cartas
de reconocimiento, asistir a reuniones formales entre otras.
ü
Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba tomarse una decisión en
la que aquella esté en juego.
ü
Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los subprogramas y
funcionamiento del comité de Medicina, Higiene y Seguridad a través de
estadísticas de accidentalidad, actas del comité, cumplimiento de los récords
establecidos, pronunciándose al respecto.
Independientemente que el trabajo en las diferentes clases de empresas
por su naturaleza involucre riegos, el empleado no puede asumir la
responsabilidad de accidentes debido a negligencias administrativas. Este
concepto se establece mejor, cuando se toma en cuenta el costo de atención
médica del empleado, incapacidad, etc.,
y el deterioro de la imagen de la compañía en materia de seguridad.

A pesar de que el
empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional y el mayor
beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le
corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado:
El
seguimiento estricto de las Normas de seguridad a fin de garantizar un trabajo
seguro.
Cumplir las normas y procedimientos de
Salud Ocupacional establecidas por la Empresa.
Informar a sus superiores o al
coordinador de Salud Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en
los lugares de trabajo ó cualquier
circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias
para su estudio participando en la elaboración de normas y procedimientos
seguros de trabajo.
Participar
activamente en las charlas y cursos de capacitación de Salud Ocupacional a que
haya sido invitado.
La seguridad del
empleado depende sobre todo de su propia conducta, lo cual está condicionado a
un acto voluntario del trabajador
por educación y motivación.
Estos conceptos
adquieren mas significado, cuando tomamos en cuenta que la mayoría de las
labores en las empresas implican un trabajo en grupo y las fallas de un
empleado pueden afectar a sus propios compañeros y a los bienes de la
institución. En resumen, el trabajo seguro de cada uno beneficiará a todos.

Es el
organismo de participación, ejecución y
apoyo en todo lo concerniente al Programa de Salud Ocupacional de una compañía.
De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia,
los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las
actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de Salud
Ocupacional.
Se debe
conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán
el Representante Legal y sus trabajadores,
dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de
1994 en su articulo 63 y las exigencias de la División de Salud Ocupacional del
Ministerio de Trabajo.
El periodo
de los miembros del Comité es de dos (2) años y el empleador está obligado a
proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la jornada normal
de trabajo de uno de los miembros para el funcionamiento del Comité.
Dependiendo
del tamaño de la empresa el COPASO estará conformado de la siguiente manera:
|
Número de Trabajadores |
Conformación del COPASO |
|
Empresas
menores a 10 trabajadores |
No
conformarán el comité, pero deberán elegir una persona como Vigía Ocupacional
y un suplente. Estas personas serán elegidas de mutuo acuerdo entre la
gerencia y los trabajadores |
|
Empresas
entre 10 y 50 trabajadores |
La
gerencia elegirá un representante y un suplente al Comité, y los trabajadores
elegirán también un representante y un suplente. Así el Comité contará con
cuatro miembros |
|
Empresas
con más de 50 trabajadores |
La
gerencia elegirá dos representantes y dos suplentes al Comité, y los
trabajadores elegirán igual número de compañeros. Así el Comité contará con
ocho miembros |
Después conformado el COPASO, se pasa a nombrar el
Presidente y Secretario del mismo con el objeto de mantener la coordinación,
organización y funcionamiento del Comité. El presidente lo elige el Representante
Legal y el secretario lo elige el comité en votación.
Por último el COPASO deberá registrase ante el Ministerio de
Protección Social mediante formulario suministrado por ellos a más tardar ocho
días de la conformación del mismo. Se debe anexar original y copia del Acta de
Constitución firmada por todos los empleados de la empresa, así como copia del
escrutinio en el cual se eligieron los miembros del comité.
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El Coordinador de Salud Ocupacional es la
primera línea en este programa, ya que es la persona que está en contacto
directo con los empleados y es el nexo directo con la administración en materia
de seguridad. Dentro de sus responsabilidades tenemos:
ü
Asumir la dirección del Programa asesorando a la gerencia para la
formulación de reglas, procedimientos administrativos, objetivos y en la
solución de problemas en materia de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial.
ü
Informar a la gerencia sobre actividades y situaciones de Salud
Ocupacional.
ü
Supervisar el cumplimiento de la política, por parte de todos los
miembros de su responsabilidad en Salud Ocupacional.
ü
Analizar y difundir información sobre cada subprograma y experiencias adquiridas
a través de lesiones, daños o pérdidas con el fin de que se tomen las medidas
de prevención y control respectivas.
ü
Mantener un programa educativo y promocional de Salud Ocupacional para
los trabajadores.
ü
Establecer mecanismos de evaluación para verificar el cumplimiento de
las actividades de Salud Ocupacional.
ü
Interpretar leyes, directivas y ordenanzas de las entidades oficiales
relacionadas con Salud Ocupacional.
ü
Establecer campañas de motivación y divulgación de normas y
conocimientos técnicos tendientes a mantener un interés activo por la Salud Ocupacional en todo el
personal.
ü
Participar activamente en las reuniones donde se traten temas de Salud
Ocupacional.
ü
Investigar problemas especiales de Salud Ocupacional
ü
Integrar las actividades de Medicina Preventiva, Medicina de Trabajo,
Higiene y Seguridad Industrial el control definitivo de lesiones, daños o
pérdidas.
ü
Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el tema y
tomar parte activa en las actividades programadas por dichas organizaciones.
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Es una técnica utilizada para describir las condiciones
laborales y ambientales en que se encuentran los trabajadores de una empresa,
donde el objetivo principal es realizar una evaluación diagnostica de la
situación de la empresa a través de la identificación y localización de los
factores de riesgo existentes.
El siguiente es una muestra
del formato para realizar el Panorama de Factores de Riesgo
|
EMPRESA:__________________ |
|
1.
Fecha:_________________ |
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Nº
Trabajadores:____________ |
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PANORAMA
DE RIESGOS OCUPACIONALES |
PRIORIDAD
DE INTERVENCIÓN |
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ÁREA SECCIÓN O PUESTO DE TRABAJO |
CLASE DE RIESGO |
FACTOR DE RIESGO |
FUENTE GENERADORA |
EFECTO CONOCIDO |
NUMERO DE EXPUESTOS |
% DE EXPUESTOS |
TIEMPO |
CONTROLES EXISTENTES |
CONTROLES RECOMENDADOS |
CONSECUENCIA |
EXPOSICIÓN |
PROBABILIDAD |
GRADO DE PELIGROSIDAD |
FACTOR DE PONDERACIÓN |
REPERCUSIÓN DEL RIESGO |
PRIORIDAD DE INTERVENCIÓN |
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Conjunto de actividades dirigidas a la promoción y control
de la salud de los trabajadores. En este subprograma se integran las acciones
de Medicina Preventiva y Medicina del
trabajo, teniendo en cuenta que las dos tienden a garantizar óptimas
condiciones de bienestar físico, mental y social de las personas,
protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolos en un
puesto de trabajo acorde con sus condiciones psico-físicas y manteniéndolos en aptitud de producción
laboral.
Orientarse por el mejoramiento y mantenimiento de las
condiciones generales de salud y calidad de vida de los trabajadores.
Educar a todo el personal en la forma
de mantener su salud
Capacitación en factores de riesgo,
sus efectos sobre la salud y la manera de corregirlos.
Prevenir, detectar precozmente y
controlar las enfermedades generales (EG) y las profesionales (EP).
Ubicar al trabajador en el cargo
acorde con sus condiciones psico-físicas.
Hacer seguimiento periódico de los
trabajadores para identificar y vigilar a los expuestos a riesgos específicos.
Los
recursos con que cuenta toda compañía para llevar a cabo este subprograma son:
Convenios con las E.P.S con las cuales
se encuentra relacionada
La Empresa debe contar con un Equipo
de Botiquín de Primeros Auxilios
La Entidad que presta asesoría para
Accidentes de Trabajo (A.R.P. )
Evaluaciones Médicas
Se establecerá la realización de evaluaciones médicas ocupacionales de preingreso, periódicas y de retiro con base en los diferentes cargos y el panorama de riesgos respectivos; para tal fin se diligenciará Historia clínica Ocupacional previo diseño de los perfiles psico-fisiológicos.
Diagnóstico de salud
Para identificar las variables demográficas, ocupacionales y de morbilidad de la población trabajadora, se realizará el diagnóstico de salud correspondiente.
Sistemas de vigilancia
epidemiológica ocupacional
Con base en el diagnóstico de Salud se establecerán las prioridades en cuanto a las patologías halladas y se diseñaran los sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional necesarios.
Primeros Auxilios
Se implementará un servicio básico de Primeros Auxilios acorde con las necesidades de la empresa, con cobertura de toda la jornada laboral y formación del 10% de los empleados.
Ausentismo laboral
Se implementará el ausentismo laboral con el ánimo de obtener información sobre morbi-mortalidad y el clima organizacional de la empresa.
Capacitación
Con base en los hallazgos de los puntos anteriores se desarrollan actividades de capacitación con énfasis en:
Educación en Salud
Educación según factores de
riesgo
Coordinación con entidades de
salud, recreación, deporte y cultura
Entidades
promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicio:
Administradora de Riesgos
Profesionales
Caja de Compensación a las
cuales están afiliados los trabajadores
Visitas a los puestos de trabajo
Periódicamente se harán visitas a los puestos de trabajo para seguimiento y control de los procesos y la interrelación del trabajador con ellos.
Sistemas de Información y
Registros
Con el fin de poseer información de fácil acceso, se diseñaran formatos prácticos y se establecerá la metodología de análisis estadístico para la morbi-mortalidad presentada.
Los Subprogramas médicos serán evaluados periódicamente en
cuanto a recursos, realización, metodología cobertura, cumplimiento de fechas y
acciones consecuentes. El resultado de éstas, mostrará el grado de efectividad
de las medidas de prevención y control
establecidas; constituyéndose en la base de futuros ajustes y/o
modificación, aplicables al dinamismo propio del Programa de Salud Ocupacional.
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La Higiene industrial es la disciplina dedicada al
reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores y agentes ambientales
originados en o por el lugar de
trabajo, que puedan causar enfermedad e ineficiencia entre los trabajadores o
entre los ciudadanos de una comunidad.
· Identificar
y evaluar mediante estudio ambientales periódicos, los agentes y factores de
riesgos del trabajo que afecten o puedan afectar la salud de los trabajadores.
· Determinar
y aplicar las medidas para el control de riesgos de accidentes y enfermedades
relacionadas con el trabajo y verificar periódicamente su eficiencia.
Estudios preliminares de cada uno de los agentes contaminantes
ambientales, de acuerdo al panorama de riesgos.
En coordinación con ARP se realiza
mediciones de ruido e iluminación.
Aplicar correctivos en el siguiente
orden de actuación: en la fuente, en el medio y de no ser posible eliminarlos
en los anteriores se hará en el individuo.
Estudios anuales de seguimiento a fin
de conocer la predominación y evolución de los agentes contaminantes.
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La Seguridad industrial comprende el conjunto de técnicas y
actividades destinadas a la identificación, valoración y al control de las
causas de los accidentes de trabajo.
Mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de
las causas básicas de potencialmente pueden causar daño a la integridad física
del trabajador o a los recursos de la empresa.
Identificar, valorar y controlar las
causas básicas de accidentes.
Implementar mecanismos periódicos de
monitoreo y control permanente de los factores que tengan un alto potencial de pérdida
para la empresa.
Relacionar actividades con los otros
subprogramas para asegurar la adecuada protección de los empleados.
Elaborar y capacitar en procedimientos
adecuados de trabajo con criterios de seguridad, calidad y producción.
Recurso Humano: El COPASO (Comité
Paritario de Salud Ocupacional) realizará visitas de inspección de riesgos en cada una de las áreas de la
compañía. Así mismo se cuenta con la asesoría de los funcionarios de la A.R.P a
la cual la compañía se encuentre afiliada
Recurso Técnico: La empresa deberá
contar con extintores y gabinetes contra incendios de acuerdo a lo recomendado
por la inspección que realiza el cuerpo de bomberos de la ciudad.
Normas y Procedimientos
Normas de seguridad y operación:
Se define como un programa de
elaboración de normas de seguridad y operación para cada una de las actividades
que se realicen, ya sean manuales, manejo de materiales, máquinas o equipos,
que presenten riesgo potencial de ocasionar pérdidas para la empresa.
Permisos Especiales:
Se refiere a permisos para
efectuar trabajos eventuales que presenten riegos con efectos inmediatos de accidentes, incendios o
explosiones, por lo cual se requiere antes de emprender la labor verificar las
condiciones de seguridad presentes en el área.
Demarcación y
señalización de Áreas
Deberá existir una adecuada planificación y demarcación de áreas en todas las secciones de la empresa, incluyendo puestos de trabajo, áreas de almacenamiento, circulación, ubicación de máquinas y equipos contra incendio; junto con un programa para su mantenimiento.
Además se debe estipular estrictos normatividad para que la demarcación sea respetada y esta responsabilidad estará a cargo de los supervisores.
Inspecciones Planeadas
Programas de inspecciones generales
Deberá establecerse un programa
de inspecciones generales a todas las áreas de la empresa, mediante el cual se
mantendrá control sobre las causas básicas que tengan alto potencial de
ocasionar pérdidas para la empresa.
Programa de inspecciones de áreas y
partes criticas
Una parte crítica es una pieza de
equipo o estructura cuyo fallo va probablemente a resultar en una pérdida
principal (a las personas, propiedad, proceso y/o ambiente). Este programa
tiene las siguientes etapas:
ü
Inventario
ü
Determinación de parámetros de control
ü
Lista de verificación
ü
Determinación de la periodicidad
ü
Elaboración de instructivos
ü
Determinación de responsables
ü
Procedimientos de seguimiento
Evaluación del programa de
inspecciones
La auditoria realizada al programa de inspecciones permitirá su retroalimentación mediante la determinación del logro del propósito principal de este.
Entre otros factores se tendrán en cuenta: Numero de inspecciones completadas, Calidad de los informes de inspección.
Orden y Aseo
En coordinación con los jefes de cada área se establecerán mecanismos para la implementación de un programa de orden y aseo, que sirva a su vez como motivación y concursos entre áreas.
Programa de mantenimiento
Deberá implementarse un adecuado programa de mantenimiento de maquinaria, equipos y herramientas manuales principalmente de tipo preventivo a fin de evitar daños mayores que a su vez pueden causar riesgos a los trabajadores.
Investigación y análisis de
accidentes/ incidentes.
Es el establecimiento de procedimientos para el análisis de los accidentes de trabajo tales como: reporte, investigación, responsables, análisis de causalidad, controles, seguimiento, etc.
Esta actividad conlleva todo el análisis estadístico del programa de Salud Ocupacional en la compañía donde se ejecute; así los aspectos a tener en cuenta son:
Determinación grado de cobertura de
las investigaciones
Diseño de un formulario interno de
investigación
Implementación de mecanismos de
registro y calculo de índices de frecuencia, severidad, lesión
incapacitante y promedio de días
cargados, entre otros.
Determinación de procedimientos para
el análisis de accidentalidad, periodicidad y sistemas de comunicación.
Preparación para emergencias
Las actividades especificas en la preparación de emergencias para los equipos y sistemas de la compañía son las siguientes:
ü
Se efectuará una adecuada selección y distribución extintores.
ü
Implementación de Kardex de control para todo el equipo contra
incendios.
ü
Elaboración de planos y diagramas indicando la ubicación de los equipos contra
incendio, vías de evacuación, etc.
ü
Se establecerá un programa especial de revisión y mantenimiento de todo
el sistema de protección contra incendios.
En
lo referente a los Recursos Humanos deberá existir una Brigada de emergencia
la cual tendrá una capacitación continuada.
Así mismo el COPASO, deberá
elaborar el Plan de Emergencia de la compañía y hará la respectiva
divulgación del mismo a todo el personal, y realizará actividades como
simulacros de evacuación.
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Conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema
de la actividad industrial, a su vez que se encarga de proteger la salud de los
trabajadores encaminando acciones de saneamiento
básico en la empresa.
ü
Identificar y evaluar mediante estudios periódicos, los agentes y
factores de riesgo del trabajo que afecten o puedan afectar los recursos
naturales y a la comunidad.
ü
Determinar y aplicar las medidas para el control de riesgos verificando
periódicamente su eficiencia.
ü
Desarrollar acciones de control de posibles enfermedades ocasionadas por
el inadecuado manejo de las basuras, servicios sanitarios, agua para el consumo
humano, consumo de alimentos, control de plagas, etc.

Saneamiento básico
Se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
Alojamiento y disposición de las
basuras
Servicios Sanitarios (baños, duchas,
lavamanos, etc.)
Control de Plagas
Suministro de Agua Potable
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Conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al
trabajador los conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar su labor
asegurando la prevención de accidentes, protección de la salud e integridad
física y emocional.
Proporcionar sistemáticamente a los
trabajadores el conocimiento necesario para desempeñar su trabajo en forma
eficiente, cumpliendo con estándares de
seguridad, salud, calidad y producción.
Lograr el cambio de actitudes y
comportamientos frente a determinadas circunstancias y situaciones que puedan
resultar en perdidas para la empresa.
Generar motivaciones hacia la salud desarrollando
campañas de promoción.
Estudio de necesidades:
Teniendo en cuenta las actividades
propias de entrenamiento, promoción de cada subprograma y los
conocimientos necesarios para realizar la labor con criterios de salud
ocupacional, calidad y producción.
Revisión de necesidades:
En el momento en que las condiciones de trabajo cambien se revisará
el entrenamiento para todas las ocupaciones, identificando las
necesidades por oficio y por individuo.
Programa de inducción:
Cuando ingrese un empleado a la empresa será sometido a la fase de inducción,
incluyendo los siguientes temas básicos:
Normas generales de la empresa.
Riegos generales de la empresa y
específicos a la labor que va a desempeñar, medidas de seguridad y salud normas especificas.
Preparación para emergencias: Uso de
equipos, brigadas, de emergencia, áreas criticas de riesgos y plan de
emergencia.
Capacitación continuada:
General a todos los trabajadores en aspectos básicos de salud ocupacional;
definiciones, objetivos, actividades, etc.
Accidentes de trabajo:
Su prevención, procedimiento para el reporte y la investigación, seguimiento a
las recomendaciones.
Preparación para emergencias:
Normas de seguridad y salud
.
A nivel directivo y mandos
medios: Para que la participación de las directivas de la empresa sea
efectiva, se realizará el entrenamiento inicial formal y la retroalimentación
de las actividades que tengan que ver con las responsabilidades de su cargo
Capacitación especifica:
Tomando como referencia el panorama de riesgos se capacitará al personal de
cada área de acuerdo a los riesgos críticos detectados, el entrenamiento estará
enfocado a la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales; la evaluación
se realizará efectuando observaciones del trabajo para comprobar el seguimiento
a las recomendaciones dadas por el coordinador del programa y el comité de
Medicina Higiene y Seguridad Industrial.
Evaluación del personal
capacitado: Se evaluará la información asimilada por los empleados, se
estará retroalimentando lo enseñado contra lo aprendido para establecer ajustes al programa de
inducción, capacitación continuada y/o especifica.
Promoción de la salud
ocupacional: El objetivo de la promoción es el de fortalecer y reforzar
el conocimiento dado en la capacitación y moldear actitudes y comportamientos
de los trabajadores en el desempeño de su trabajo. Se seleccionarán carteles o
afiches alusivos a problemas presentados en las diferentes secciones; se
identificarán los problemas y la
solución a ellos. También se utilizarán publicaciones de la empresa, incluyendo
artículos de interés general sobre: informes de accidentes, campañas de
prevención a la drogadicción, alcoholismo, tabaquismo, etc.
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Un Programa
de Salud Ocupacional debe tener siempre un cronograma de actividades que se
desarrollaran en un periodo determinado. De esta manera, la gerencia tendrá una
visión global sobre lo que se está realizando en su compañía, en que invierte
su tiempo los miembros del COPASO, las Brigadas de Emergencia y las personas
encargadas de la ejecución de estas actividades o del Departamento de Salud
Ocupacional.
Finalizado el periodo, se debe hacer siempre una evaluación
de los objetivos propuestos y si estos se cumplieron; se debe evaluar que
aspectos no se pudo cumplir y cuales fueron los principales factores para el
programa funcionara o las respectivas fallas del mismo.
Es importante llevar siempre las estadísticas en
accidentalidad, enfermedad y ausentismo de la compañía; pero no solo se debe
tener un cuadro lleno de números, se debe trabajar para que esos índices
evaluados no aumenten, si no que al contrario disminuyan.
Finalmente Recordemos que siempre se esperan resultados de
un Programa de Salud Ocupacional, ya que este representa costos e inversión de
parte de la compañía:
“LA SALUD OCUPACIONAL ES UNA HERRAMIENTA QUE ESTA
LIGADA A LA PRODUCTIVIDAD DE LA EMPRESA”
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A
los trabajadores, como protagonistas activos y participativos del Sistema, la
Ley les establece entre otros los siguientes deberes:
Procurar el cuidado integral de su
salud.
Suministrar información veraz sobre su
estado de salud.
Velar por el cumplimiento de las
obligaciones de los empleadores
Participar en la prevención de riesgos
profesionales
Participar en el proceso de elección
de sus representantes en el Comité de Salud ocupacional y colaborar con dicho
ente.
El
incumplimiento de instrucciones de los reglamentos para la prevención de
riesgos profesionales que consten por escrito, podrá acarrear justificación
para la terminación del vínculo laboral, previa autorización del Ministerio de
Protección Social.


Son los responsables directos de la salud de sus
trabajadores y por tanto deberán proporcionar y mantener las mejores
condiciones de trabajo y prevenirlos Riesgos Profesionales.
Para ello deberá cumplir con las obligaciones que como
empleador le ha impuesto la legislación:
Afiliar a sus trabajadores al Sistema
General de Riesgos Profesionales y efectuar cumplidamente el pago total de las
cotizaciones.
Elaborar e implementar el Programa de
Salud Ocupacional para la empresa. Esto supone la existencia de recurso
humanos, técnicos y financieros que garanticen el cumplimiento de los objetivos
y actividades propuestas.
Tener vigente el Reglamento de Higiene
y Seguridad Industrial.
Constituir y garantizar el
funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía Ocupacional.
Para ello el empleador deberá cada dos años designar su representación y
propiciar la elección libre de los representantes de los trabajadores,
proporcionándoles el tiempo estipulado para su funcionamiento.
Notificar a la ARP los accidentes de
trabajo y las enfermedades profesionales diagnosticadas e informarle de las
novedades laborales de sus trabajadores.

Las sanciones estipuladas para los empleadores que incumplan
sus obligaciones de acuerdo a los siguientes casos son:
Por la falta de afiliación al Sistema o
no pago de dos o más periodos mensuales, multas de hasta 500 salarios mínimos
mensuales.
Por la falta de aplicación de
reglamentos y determinaciones de prevención, sanción hasta de 500 salarios
mínimos mensuales, la suspensión temporal de actividades o cierre definitivo de
la empresa.
Por la falta de correspondencia entre
la información de cotización real y cotización hecha al sistema, multa de 500
salarios mínimos mensuales y pago al trabajador de la diferencia que le hubiere
correspondido por pago de prestaciones en caso de incapacidad, invalidez,
enfermedad profesional y pensión a sobrevivientes.
Por falta de información del traslado
de un afiliado a un lugar diferente de trabajo, multas hasta 500 salarios
mínimos mensuales.
Por la no-presentación del informe de
accidente de trabajo o enfermedad profesional, multas hasta 200 salarios
mínimos mensuales.





Estas empresas se verían expuestas a:
Ambientes de trabajo inadecuados.
Inexistencia de la prevención y
control de Riesgos Profesionales
Trabajadores insatisfechos
Baja productividad y calidad
Menores ganancias
Mayor índice de accidentes de trabajo
y enfermedad profesional
Aplicación de sancione y multas.
El empleador debe asumir los costos y
prestaciones económicas como asistenciales que genere el accidente de trabajo y
enfermedad profesional.
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Para finalizar exponemos un ejemplo de lo que le puede costar a un empleador un
accidente de Trabajo, en caso de no tener afiliado a su trabajador a una
Administradora de Riesgos Profesionales:

Un pulidor pierde el brazo derecho en ejercicio de su labor.
Como consecuencia de ello se le califica una pérdida mayor al 50% de su
capacidad laboral. Dicho trabajador tiene 30 años, devenga salario mínimo, es
soltero y no tiene hijos.
Sin contabilizar los
costos indirectos, el empleador deberá cubrir aproximadamente lo siguiente: 
|
Ítem |
Costos
Aproximados Para Este Caso |
|
Atención médica |
$6.000.000.oo |
|
Prótesis y rehabilitación |
$10.000.000.oo |
|
Pensión de invalidez (60% SLMM* durante 41 años, considerando
el promedio de vida en 71 años) |
$105.681.600.oo |
|
Multa por no-afiliación (500 salarios mínimos mensuales) |
$179.000.000.oo |
|
TOTAL |
|
|
|
|
*SMML: Salario Mensual Mínimo Legal Vigente $358.000.oo para
el año 2004

DEPARTAMENTO
DE SALUD OCUPACIONAL UNIVERSIDAD DEL VALLE http://saludocupacional.univalle.edu.co/
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL. Conozca el Sistema General de Riesgos Profesionales. República de
Colombia. 1995
SENA REGIONAL BOYACÁ Centro de
Información y Divulgación Técnica Minero Ambiental – INTERMIN http://citma.tripod.com/nv/08062001.htm
