Titulo III....Capitulo I
EL SISTEMA, OBJETO Y COMPONENTES
Artículo 34. El sistema. El sistema de control integral, exclusivo y unitario funcionará bajo los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía, equidad y veracidad y está constituido por los mecanismos técnico-jurídicos, por medio de los cuales el Tribunal cumple sus funciones.
Artículo 35. Objeto. El sistema de control primordialmente tendrá por objeto:
1. Vigilar y verificar que los recursos públicos se inviertan correctamente en el cumplimiento oportuno de las políticas, programas, proyectos y la prestación de servicios y adquisición de bienes del sector público;
2. Contar oportunamente con la información objetiva y veraz, que asegure la confiabilidad de los informes y estados financieros;
3. Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actuaciones, rindiendo cuenta oportuna de los resultados de su gestión oficial;
4. Desarrollar y fortalecer la capacidad administrativa para prevenir, investigar, comprobar y reprimir el manejo incorrecto de los recursos del Estado;
5. Promover el desarrollo de una cultura de probidad y de ética públicas;
6. Fortalecer los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y combatir los actos de corrupción en cualquiera de sus formas; y,
7. Supervisar el registro, custodia, administración y disposición de los bienes nacionales.
Artículo 36. Componentes. El sistema de control comprende:
1. El control financiero externo a posteriori y el de gestión y de resultados;
2. El control de probidad y ética públicas; y,
3. El control del patrimonio del Estado.
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