... LENGUAS INDIGENAS ...

 

2. Reseña histórica de las políticas lingüísticas de 1502 a 1980:

El caso de Honduras.

Este apartado muestra las variaciones que en las políticas del lenguaje (español-lenguas indígenas) se realizaron en América durante el periodo colonial y, después, la férrea política monolingüe de español durante el periodo independiente hasta hace dos decadas. Las consecuencia de esta política monolingüe provoco la perdida de lenguas, unido al deficiente manejo del sistema y de la comunicación de estos grupos.

Tomare como ejemplo, el lenca de Honduras y de El Salvador, como lengua extinta. Para conocer los mecanismos de la política lingüística será necesario escudriñar en sus agentes ejecutores: la Iglesia a través del clero regular y secular, las autoridades y los maestros. Desde Carlos III, 1770, hasta hace una década, la escuela se convirtió casi en exclusividad en el instrumento ideal de castellanización de los indígenas y, en consecuencia, en una institución enemiga de las lenguas indigenas.

Durante todo el periodo colonial (1502-1821) para Centroamérica, la corona real mantuvo una política general uniforme con el indígena desde las Nuevas Leyes de Indias en 1542.

Los rasgos mas destacados son:

* Los indígenas debían asentarse en reducciones o pueblos de indios para "civilizarlos", cristianizarlos y controlarlos a través de los doctrineros y de las autoridades.

* A cada asentamiento o reducción, cercano a las encomiendas de los españoles, se le asignaba un cura doctrinero y tierras comunales y de pastizales para la subsistencia de los indígenas reducidos.

* Los indígenas mayores de 18 años debían realizar trabajos obligatorios en las encomiendas y haciendas de españoles y en la construcción de caminos reales, edificios públicos, conventos e iglesias.

* El indígena debía pagar el tributo o quinto real a la corona española.

* Era obligatoria para los indígenas la asistencia dominical a la catequesis y a la misa.

* Los caciques y principales de cada reducción disfrutaban de casi todos los privilegios de españoles, ejercieron los puestos de mando en alcaldías e iglesia (sacristanes y mayordomos de cofradías) y debían aprender obligatoriamente el español.

* Ante la extinción de los indígenas de las Islas del Caribe, las Nuevas Leyes establecieron que los indios no podían trabajar ni en las minas ni en la producción de tintes como el añil, por lo que desde 1535 comienzan a traer negros africanos para estos menesteres y mantuvieron, casi hasta el final de la colonia, la denominación jurídica y real de esclavos.

* En Centroamérica, los grupos indígenas asentados en las costas selváticas del Caribe de Guatemala, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, asi como El Darien en Panamá en términos reales no fueron reducidos, ni colonizados, en el periodo colonial, salvo la creación de un escaso numero de reducciones estratégicas cercanas a los puertos fortificados.

En la política lingüística, España, sin embargo, no mantuvo a lo largo del periodo colonial la misma; en esencia tuvo dos: una monolingüe en el primer y tercer periodo de la colonia y otra plurilingüe que duro casi dos siglos.

Sigue Aqui: El Establecimiento de una Politica Monolingue Castellana (1502-1569)

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