2. Reseña histórica de las políticas lingüísticas de 1502 a
1980:
El caso de Honduras.
Este apartado muestra las variaciones que en las políticas del lenguaje (español-lenguas indígenas) se realizaron en
América durante el periodo colonial y, después, la férrea política monolingüe de español durante el periodo independiente
hasta hace dos decadas. Las consecuencia de esta política
monolingüe provoco la perdida de lenguas, unido al deficiente
manejo del sistema y de la comunicación de estos grupos.
Tomare como ejemplo, el lenca de Honduras y de El Salvador, como lengua extinta. Para conocer los mecanismos de la
política lingüística será necesario escudriñar en sus agentes
ejecutores: la Iglesia a través del clero regular y secular, las
autoridades y los maestros. Desde Carlos III, 1770, hasta hace
una década, la escuela se convirtió casi en exclusividad en el
instrumento ideal de castellanización de los indígenas y, en
consecuencia, en una institución enemiga de las lenguas indigenas.
Durante todo el periodo colonial (1502-1821) para
Centroamérica, la corona real mantuvo una política general
uniforme con el indígena desde las Nuevas Leyes de Indias
en 1542.
Los rasgos mas destacados son:
* Los indígenas debían asentarse en reducciones o pueblos de indios para "civilizarlos", cristianizarlos y controlarlos a través de los doctrineros y de las autoridades.
* A cada asentamiento o reducción, cercano a las encomiendas de los españoles, se le asignaba un cura doctrinero y
tierras comunales y de pastizales para la subsistencia de los
indígenas reducidos.
* Los indígenas mayores de 18 años debían realizar trabajos obligatorios en las encomiendas y haciendas de españoles y en la construcción de caminos reales, edificios públicos, conventos e iglesias.
* El indígena debía pagar el tributo o quinto real a la
corona española.
* Era obligatoria para los indígenas la asistencia dominical a la catequesis y a la misa.
* Los caciques y principales de cada reducción disfrutaban de casi todos los privilegios de españoles, ejercieron
los puestos de mando en alcaldías e iglesia (sacristanes y
mayordomos de cofradías) y debían aprender obligatoriamente
el español.
* Ante la extinción de los indígenas de las Islas del
Caribe, las Nuevas Leyes establecieron que los indios no podían trabajar ni en las minas ni en la producción de tintes
como el añil, por lo que desde 1535 comienzan a traer negros
africanos para estos menesteres y mantuvieron, casi hasta el
final de la colonia, la denominación jurídica y real de esclavos.
* En Centroamérica, los grupos indígenas asentados en
las costas selváticas del Caribe de Guatemala, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, asi como El Darien en Panamá en términos reales no fueron reducidos, ni colonizados, en el periodo colonial, salvo la creación de un escaso numero de reducciones estratégicas cercanas a los puertos fortificados.
En la política lingüística, España, sin embargo, no mantuvo a lo largo del periodo colonial la misma; en esencia tuvo
dos: una monolingüe en el primer y tercer periodo de la colonia y otra plurilingüe que duro casi dos siglos.
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