DEPARTAMENTO EL PARAISO
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MUNICIPIO DE POTRERILLOS
Datos Históricos:
En el recuento de población de 1801 aparece como Mineral de
Potrerillos, formando parte de la tenencia de Danlí; hasta 1900 se le dio categorfa de
municipio, siendo una aldea de Jacaleapa así:
"CREASE MUNICIPIO DE POTRERILLOS EN EL DEPARTAMENTO DE EL
PARAISO
Tegucigalpa 3 de abril de 1900.
Con vista a la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por un número considerable de vecinos
de las aldeas de Potrerillos, Limoncillo, Las Delicias y Sabana Redonda, comprendidas en
la demarcación municipal del pueblo de Jacaleapa, en el distrito de Danlí, departamento de
El Paraíso, relativa a pedir la creación de un municipio que tendrá por cabecera,el antiguo
pueblo de Potrerillos, por tener los elementos necesarios para ese fin, y convenir más a sus
intereses la existencia de autoridades propias que procuren el progreso de su localidad.
Oído el informe del Gobernador Político del departamento de El Paraíso, lo mismo que el
de la municipalidad de Jacaleapa, ambos adversos a la creación del nuevo pueblo, por creer
que no tendría los elementos necesarios para atender a todos los gastos que exige el
servicio público, y porque sería en perjuicio del municipio ya existente.
CONSIDERANDO:
Que se ha comprobado satisfactoriamente que la aldea de Potrerillos tiene las
condiciones requeridas por el artículo 3o., reformado, de la ley municipal para ser erigida
en pueblo; y
CONSIDERANDO: Que por las circunstancias especiales alegadas por los
peticionarios, y por el mayor interés que tendrá el municipio independiente en atender a
todos los ramos del servicio público, es procedente acceder a la solicittud;
POR TANTO: el
Presidente, de conformidad con los artículos 20. y 3o., reformados, 70. y 8o. de la ley
municipal,
ACUERDA:
lo. Acceder a la petición de los vecinos de las aldeas expresadas,
autorizando, en consecuencia, la creación del pueblo de Potrerillos, que tendrá por cabecerá
la aldea de ese mismo nombre.
2o. Disponer que se proceda en la forma legal a la elección
de autoridades locales para que tomen posesión el 15 de septiembre del corriente año; y
3o.
Delegar en el Gobernador Político la facultad de fijar los límites jurisdiccionales de ambos
pueblos y hacer la división de terrenos, bienes, pastos, aprovechamientos, usos públicos y créditos activos y pasivos, sin
perjuicio de los derechos de propiedad y servidumbres públicas y privadas ya existentes;
quedando sujeto a la ratificación del Gobierno lo resuelto por aquel empleado en virtud de
esta delegación.
Comuníquese. Sierra.
El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación.
César Bonilla".
ORIGEN DE SU NOMBRE: Su nombre es disminutivo de Potrero.
SITUACION: Está rodeado por una serie de colinas, lo riega el Río Azul y Río Grande, su
cabecera tiene las Quebradas El Robledal y Las Delicias.
LIMITES: Al Norte, municipio de Morocelí, al Sur, municipios de Yuscarán y Jacaleapa;
al Este, municipio de Jacaleapa y al Oeste, municipio de Yuscarán.
EXTENSION TERRITORIAL: 120.9 Km²
FERIA PATRONAL: Del 1 5 al 31 de diciembre, día de la Virgen de Concepción.
ALDEAS: 7
CASERIOS: 16
POBLACION: 3.039
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