DEPARTAMENTO EL PARAISO

MUNICIPIO DE POTRERILLOS

Datos Históricos:

En el recuento de población de 1801 aparece como Mineral de Potrerillos, formando parte de la tenencia de Danlí; hasta 1900 se le dio categorfa de municipio, siendo una aldea de Jacaleapa así:

"CREASE MUNICIPIO DE POTRERILLOS EN EL DEPARTAMENTO DE EL PARAISO

Tegucigalpa 3 de abril de 1900.

Con vista a la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por un número considerable de vecinos de las aldeas de Potrerillos, Limoncillo, Las Delicias y Sabana Redonda, comprendidas en la demarcación municipal del pueblo de Jacaleapa, en el distrito de Danlí, departamento de El Paraíso, relativa a pedir la creación de un municipio que tendrá por cabecera,el antiguo pueblo de Potrerillos, por tener los elementos necesarios para ese fin, y convenir más a sus intereses la existencia de autoridades propias que procuren el progreso de su localidad. Oído el informe del Gobernador Político del departamento de El Paraíso, lo mismo que el de la municipalidad de Jacaleapa, ambos adversos a la creación del nuevo pueblo, por creer que no tendría los elementos necesarios para atender a todos los gastos que exige el servicio público, y porque sería en perjuicio del municipio ya existente.

CONSIDERANDO: Que se ha comprobado satisfactoriamente que la aldea de Potrerillos tiene las condiciones requeridas por el artículo 3o., reformado, de la ley municipal para ser erigida en pueblo; y

CONSIDERANDO: Que por las circunstancias especiales alegadas por los peticionarios, y por el mayor interés que tendrá el municipio independiente en atender a todos los ramos del servicio público, es procedente acceder a la solicittud;

POR TANTO: el Presidente, de conformidad con los artículos 20. y 3o., reformados, 70. y 8o. de la ley municipal,

ACUERDA:

lo. Acceder a la petición de los vecinos de las aldeas expresadas, autorizando, en consecuencia, la creación del pueblo de Potrerillos, que tendrá por cabecerá la aldea de ese mismo nombre.

2o. Disponer que se proceda en la forma legal a la elección de autoridades locales para que tomen posesión el 15 de septiembre del corriente año; y

3o. Delegar en el Gobernador Político la facultad de fijar los límites jurisdiccionales de ambos pueblos y hacer la división de terrenos, bienes, pastos, aprovechamientos, usos públicos y créditos activos y pasivos, sin perjuicio de los derechos de propiedad y servidumbres públicas y privadas ya existentes; quedando sujeto a la ratificación del Gobierno lo resuelto por aquel empleado en virtud de esta delegación.

Comuníquese. Sierra.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. César Bonilla".

ORIGEN DE SU NOMBRE: Su nombre es disminutivo de Potrero.

SITUACION: Está rodeado por una serie de colinas, lo riega el Río Azul y Río Grande, su cabecera tiene las Quebradas El Robledal y Las Delicias.

LIMITES: Al Norte, municipio de Morocelí, al Sur, municipios de Yuscarán y Jacaleapa; al Este, municipio de Jacaleapa y al Oeste, municipio de Yuscarán.

EXTENSION TERRITORIAL: 120.9 Km²
FERIA PATRONAL: Del 1 5 al 31 de diciembre, día de la Virgen de Concepción.
ALDEAS: 7
CASERIOS: 16
POBLACION: 3.039

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