"Artículo 86. Cada grado de una pena- divisible constituye pena distinta.
Las penas divisibles comprenden tres grados: mínimo, medio y máximo, cuya extensión se determina en la siguiente:
Penas Duracion Grados
Minima Medias Maxumas Mayores
a)Presidio
b)Reclusion 5 años 5 años 1 10 añ0s 1 15 añ0s 1
c)Relegacion dia a 10 dia a 15 a 20 años
d)Inhabilitacion años años
Menores
a)Presidio
b)Reclusion 2 años 1 2 años 1 3 años 1 4 años 1
c)Confinamiento 1 dia a 5 dia a 3 dia a 4 dia a 5
d)Destierro años años años años
c)Suspension
Correccionales 1 dia a 2 1 dia a 8 8 meses 1 1 año 4
años meses dia a 1 año meses 1 dia
4 meses a 2 años
"ARTÍCULO 311. El funcionario o empleodo público que abusando de su oficio expediere una tarjeta de identidad, carta de vecindad o cualquier otro documento que sirva para identificarse bajo un nombre supuesto, o la diere en blanco, será castigado con la pena de reclusión mayor en su grado mínimo".
"ARTICULO 312. La persona particular que altere o falsifique una cédula de identidad, carta de vecindad o cualquier otro documento que sirva para identificar persona alguna será castigada cork la pena de reclusión mayor en su grado mínimo.
La misma pena en igualdad de circunstancias se impondrá al que en una cédula de identidad, carta de vecindad, pasaporte o cualquier ptro documento de los nominados, mude el nombre, fotografía o cualquier documento personal de filiación del titular a cuyo favor haya sido expedido o de la autoridad que la haya autorizado, o que altere en ella otra circunstancia esencial".
ARTICULO 2.—El presente Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta".
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta, días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y dos.
JOSÉ EFRAIN BU GIRÓN
Presidente
IGNACIO ALBERTO RODRÍGUEZ ESPINOZA
Secretario
MARIO ENRIQUE PRIETO ALVARADO
Secretario
Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese.
Tegucigalpa, D. C, 3 de mayo de 1982.
DR. ROBERTO SUAZO CORDOVA
Precidente