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UNA JUSTIFICACIÓN NATURAL DEL CONTRATO SOCIAL EN HOBBES
Alvaro Quezada S.

 

1.- ¿Por qué es importante indagar en el "estado de naturaleza"?

La intervención en cuestiones políticas no es un asunto trivial. Me refiero a intervenir responsablemente claro. Influir en el curso de los acontecimientos, con el fin de lograr plasmar en hechos nuestras ideas (a veces claro, menos que eso), es algo que responde al humano control. Mientras, respecto de la naturaleza el hombre se encuentra sujeto a leyes que no está en su poder controlar, en materias históricas y sociales el hombre se encuentra en condiciones de influir sobre los fenómenos, ya sea para mantener el actual estado o para modificarlo. Respecto de lo político, el hombre se encuentra en condiciones de intentar resolver intelectualmente la mejor humana forma de vida y luego intentar que se haga realidad. En aquello que concierne a la colectividad, a nuestra vida en común, al poder y a la autoridad (esto es: respecto de lo político), el ser humano se ve impelido a intervenir para conservar o cambiar, teniendo en mente un estado de cosas que puede ser mejor o peor. La intervención política responde a un modelo político, modelo que integra un pensar y un desear sobre las cuestiones públicas. En filosofía política al menos, la teoría y la ideología (explícitas o implícitas) preceden a veces a la acción política. Es esta una especulación que compromete a la verdad política y a su posibilidad de concreción.

Sin embargo, tales disquisiciones no pueden partir de la nada. Hemos de pensar un estado mejor de cosas, pero siempre desde lo humanamente posible. De acuerdo a una doctrina comúnmente aceptada, el análisis político comprende cuatro orientaciones: la semántica (que aclara los términos de la teoría), la empírica (que describe los hechos políticos), la normativa (que expresa el estado de cosas esperado o deseado) y el político propiamente tal (que corresponde a la acción política). Entre ellas, me interesa ahora particularmente la orientación empírica, porque es uno de los sustentos de las orientaciones política y normativas propiamente tales. La acción política recoge tanto lo que es como lo que debe ser. Pero, antes de plantear nuestras aspiraciones, debemos reconocer que nada es posible sino desde la actualidad. Si tenemos en mente la orientación empírica, nos podremos situar en lo que efectivamente acontece en la experiencia humana. Es absurdo pedir lo imposible. No podemos exigir una forma de vida contraria a lo que más profundamente somos. Dicho en otros términos, no es posible ir contra la naturaleza humana. Sin embargo, ¿existe una naturaleza humana? ¿Existe algo que pueda responder a la pregunta sobre cuál es la naturaleza del hombre?

Examinaremos aquí la idea de naturaleza humana que sostiene el pensador inglés Thomas Hobbes. Esto nos llevará ineludiblemente a revisar lo que Hobbes entiende por "estado de naturaleza", concepto central en las doctrinas modernas acerca del contrato social (por ejemplo, las de Locke y de Rousseau). Tal recorrido es imprescindible para comprender por qué es inevitable la realización de un pacto social, como salida al estado de naturaleza en la convivencia humana (guerra de todos contra todos). Si tuviera que definir inmediatamente el propósito de este trabajo, diría que me esforzaré por mostrar que, dadas las características de la naturaleza humana que emergen de las concepciones de Hobbes y visto el estado en que se desarrolla la convivencia sometida exclusivamente al imperio de las leyes naturales, es inevitable la postulación de un pacto o contrato social. Se trata entonces de realizar una justificación natural del contrato social en Hobbes.

El plan y el método.

La teoría política de Hobbes puede ser juzgada arbitrariamente si no se considera el total de su sistema. Desde el comienzo, no se puede ignorar su actualizada formación científica para su época y su consecuente apego por el método. Hobbes, tiende a considerar al universo entero como un solo organismo, que se puede descomponer en sus partes tal como se desmonta un reloj u otra maquinaria cualquiera. Tal versión del método compositivo - resolutivo de Galileo se propone desmontar el aparato del Estado y de las humanas cuestiones para descubrir la naturaleza del estado y la mejor forma en que sus engranajes podrían funcionar.

Para tener una más cabal idea de esta intención, permítaseme citar en extenso dos párrafos del "Prefacio al Lector" de "El Ciudadano".

"Por lo que se refiere al método, he creído que no bastaba el mero orden del discurso por notable que éste fuera, sino que había que comenzar por la materia del Estado para pasar después a su generación, a su forma y al origen primero de la justicia. Porque una cosa se conoce mejor a partir de aquello que la constituye. Ya que como sucede en un reloj mecánico o en cualquier otra máquina algo más complicada, que sólo se puede conocer cuál sea la función de cada pieza y de cada rueda si se desmonta y se examina por separado la materia, la forma y el movimiento de cada parte, de igual manera, al investigar el derecho del Estado y los deberes de los ciudadanos, es necesario no desde luego desmontar el Estado pero si considerarlo como si lo estuviese, es decir, que se comprenda cuál sea la naturaleza humana, en qué sea apta o inepta para constituir un Estado, y cómo se deban poner de acuerdo entre si los que quieran aliarse. Siguiendo este método pongo en primer lugar, como principio universalmente conocido por experiencia y no negado por nadie, que la condición de los hombres es tal, por naturaleza, que si no existe el miedo a un poder común que los reprima, desconfiarán los unos de los otros y se temerán mutuamente, y que al ver que todos pueden protegerse con sus propias fuerzas con derecho, entonces necesariamente lo harán."

En el párrafo recién citado Hobbes anuncia la intención de la exposición que viene. Pero el anuncio de su propósito revela también notas importantes de su método. Parte de la evidencia del Estado. Éste existe; y existe de una determinada manera. Conociendo la naturaleza de las partes que componen el Estado, podremos saber por qué existe y por qué de esta manera determinada. Adelanta aquí también uno de los ejes de la indagación respecto de los orígenes del estado y de la sociedad civil: el miedo. Cómo quedará claro después, la sociedad civil se constituye y se mantiene por el miedo, dirigido fundamentalmente a dos objetos. En primer lugar el miedo a la guerra permanente con los otros miembros de la especie; y, en segundo lugar, el miedo a un estado poderoso que se encuentra por sobre los individuos. Por otra parte, el párrafo recién citado revela también su convicción respecto del criterio que gobierna su indagación. Este criterio no es otro que la experiencia. Piensa Hobbes que, al observar atentamente, es fácil reconocer la validez del principio que ha enunciado.

"Fijado pues el fundamento propuesto, voy a mostrar en primer lugar que la condición humana fuera de la sociedad civil (condición que puede llamarse estado de naturaleza), no es otra que la guerra de todos contra todos y que en esa guerra todos tienen derecho a todo. Después mostraré que todos los hombres, desde el momento en que se dan cuenta de semejante miseria, desean salir de ese miserable y odioso estado. Lo cual sólo es posible si renuncian a su derecho a todo por medio de pactos."

He aquí el plan. Pero es conveniente tener presente que Hobbes parte de la sociedad civil (Estado), su punto de partida es la existencia civilizada, no el estado de naturaleza, estado del que sólo podrían encontrarse algunos ejemplos en primitivos pueblos aislados. Su intención es mostrar la evidencia de su necesidad, porque no es posible imaginar que los hombres hubieran deseado persistir en el estado de naturaleza, el estado de guerra de todos contra todos. Veremos por qué.

2.- Naturaleza del hombre en Hobbes.

Una primera distinción importante es la Hobbes realiza entre naturaleza y arte. Ambos términos se definen mutuamente, puesto que la naturaleza es el arte de Dios, arte que es imitado a su vez por el arte del hombre. Es así como, imitando a Dios, el hombre ha usado su arte para construir a su vez un organismo, un animal artificial: el Estado, la República o la Civitas. Es un organismo que, a semejanza de los creados por Dios, tiene corazón, nervios, articulaciones y otras diferentes partes. Siguiendo con el símil, si al intentar conocer un organismo, diseccionamos sus partes con el fin de conocer su funcionamiento, buscaremos entonces examinar las partes de las que se compone este engendro artificial: el Leviatán. Al igual que en el Prólogo de El Ciudadano, en la Introducción del Leviatán, Hobbes expone su plan de trabajo. Sólo que esta vez propone una variación de su método para constatar la verdad de sus asertos: mirar dentro de sí mismo. Porque al ver dentro de sí mismo, al conocerse a sí mismo, cada uno de nosotros podrá reconocer la presencia de los rasgos que a continuación expondrá.

No es el propósito de este trabajo, examinar la totalidad del desmontaje de Hobbes. Baste aquí recoger las observaciones sobre lo que en nuestra época llamaríamos seguramente intintos o tendencias fundamentales de la naturaleza humana.

En el Capítulo 6 del Leviatán, Hobbes expone acerca de las pasiones humanas, que no son otra cosa que movimientos del alma. Según el autor inglés, los conatos son movimientos del afecto, que cuando están dirigidos hacia un objeto en particular, reciben el nombre de apetitos o deseos (si se trata de un movimiento para acercarse a ellos), y de aversión (si se trata de apartarse de los mismos). Amamos lo que deseamos, odiamos lo que nos produce aversión. Entonces, dice Hobbes, es preciso aceptar que lo bueno y lo malo dependen de nuestros deseos y de nuestras aversiones y, consecuentemente, de lo que amamos y odiamos. No hay un bien y un mal en sí, sino en cuanto es un objeto que satisface un apetito o deseo o provoca nuestro rechazo y distanciamiento.

En torno al tema de la voluntad del hombre, Hobbes señala que, en ocasiones, los seres humanos tenemos una sucesión de apetitos y aversiones, esperanzas y miedos respecto del mismo objeto. En tal estado de duda, se produce en nosotros una deliberación, que deberá decidir respecto de las consecuencias de realizar o no una determinada acción. El resultado de tal deliberación es el acto voluntario, que no se refiere a una cierta facultad, sino solamente al acto de querer. La razón interviene aquí para poner orden en nuestros apetitos, pero no para reprimirlos en función de un determinado precepto "superior", sino para clarificar acciones y consecuencias en torno a un mejor decidir.

La felicidad del hombre consiste en el logro de las cosas que un hombre desea de cuando en cuando. Este logro no pude confundirse con el estado de tranquilidad de ánimo, que no se alcanza en esta vida, puesto que nuestra existencia consiste en un perpetuo ir de deseo en deseo. Mientras el hombre vive, desea. La satisfacción de un deseo o apetito no trae sino un nuevo deseo. Esta felicidad terrena supone también un uso cada vez más efectivo de su deliberación, puesto que la experiencia lo nutre en su capacidad de mejor decidir.

Pero se nos queda un deseo que, de acuerdo a Hobbes, es capital para comprender la naturaleza humana. Me refiero al "deseo de poder". Según nuestro autor, "(…) el PODER de un hombre lo constituyen los medios que tienen a la mano para obtener un bien futuro que se le presenta como bueno. Puede ser original o instrumental." De modo que, considerando que el hombre está sometido, por la naturaleza de sus pasiones a una vorágine de apetitos, ahora sabemos que la primera de esas pasiones irreprimibles es el deseo de poder, deseo que, como todo buen apetito, sinónimo de una existencia sana, no cesa sino con la misma muerte del individuo.

Además del deseo de poder, otras pasiones reinan en el alma humana. Hobbes menciona también el amor a la guerra, derivado del deseo de competencia, la obediencia al poder común o civil, derivado del deseo a la comodidad y placer sensual, el miedo a la muerte y a la opresión que llevan a buscar protección en la sociedad, el amor a las artes que predispone a buscar un estado pacífico de existencia, la curiosidad por el futuro que inclina a los hombres a buscar las causas de las cosas, y muchas otras que no es misión de este escrito enumerar exhaustivamente.

El hombre en estado de naturaleza. El derecho natural y la ley natural.

Si tratamos de forjarnos una imagen de esa naturaleza humana que Hobbes concibe, no podemos sino alejarnos de esa idílica concepción que lo sitúa como un ser casi divino, con una esencia superior al resto de los animales. La imagen del hombre como un ser racional, que dirige sus actos guiándose por principios superiores no calza con los rasgos que nos propone Hobbes. En este escenario vital, el hombre es una ser que desea y quiere (en cuanto delibera), que apetece y satisface sus apetencias, todo ello de un modo egoísta, apropiándose y buscando siempre más. Todo ello se ve confirmado dramáticamente en el Capítulo 13 del "Leviatán" (De la condición natural de la humanidad en lo concerniente a su felicidad y su miseria) y en el Capítulo 1 de "El ciudadano" (Estado de los hombres fuera de toda sociedad).

Según Hobbes, los hombres son iguales por naturaleza. Las diferencias físicas o intelectuales (mayores y mejores capacidades) no justifican ninguna discriminación política a priori. De tal igualdad entre los hombres surge la desconfianza. Puesto que para cada uno es claro que los otros desean lo mismo y tanto como él, no puede confiar en que el resto no usará los mismos medios que él usaría (todos los que estén a su alcance) para obtener esos mismos fines. La comunidad de hombres que caracteriza al estado de naturaleza es una comunidad de individuos en permanente cautela y mutua desconfianza. Sólo basta al hombre mirar dentro de sí mismo para conocer las intenciones del otro. Más aún, no puede argumentarse un cierto deseo de compartir con los otros como la prueba de que existiría una aptitud básica para el ser social. Vivimos irremediablemente en sociedad, pero ello no implica una generosidad o alteridad básicas. Vivimos con los otros, pero siempre en una práctica sistemática de nuestro egoísmo.

Lo que surge como solución inmediata a la desconfianza es la decisión de guerra. Puesto que, al desear los otros hacerse de lo mismo y tener que rivalizar con ellos y estar seguro de que me atacarán y aniquilarán con el fin de sacarme de su camino, no me queda sino atacar primero. El estado de naturaleza, previo a la constitución de una sociedad civil, requiere de la habilidad de prever futuros peligros para mi propia existencia y la de los míos. El prepararse para la guerra constituye, más que una precaución, una necesidad de sobrevivencia.

El siguiente cuadro resume las tres razones que, según Hobbes, producirían discordia entre los hombres:

Causas de Disensión Los hombres invaden para Usan de la violencia para
Competencia Obtener Ganancia Apropiarse
Desconfianza Obtener Seguridad Defenderse
Gloria Obtener Reputación Reparar ofensas

Atendamos a lo que dijimos más arriba. En el estado de naturaleza (es decir donde prima la naturaleza humana sin compromisos ni pactos) los seres humanos se acercan entre sí con el único fin de obtener beneficios unos de otros (honor o comodidad rezaba nuestra cita). Luego, ya que los mutuos egoísmos chocan entre sí, se produce la disensión. Pero esta disensión no se refiere sólo a cuestiones materiales: disentimos también con relación al valor que se asigna nuestra persona. Por lo tanto, vemos que, muchas aveces, las guerras se producen por el honor y la gloria, porque se quiere aparecer como el más fuerte o porque se trata de reparar alguna ofensa que, según se cree, se ha recibido. El hombre vive así en un estado de permanente peligro, de permanente guerra. Mientras haya que preparase para el combate y estar atento a no ser atacada por un eventual enemigo, se está en un estado de guerra.

Pronunciarse de este modo acerca del ser humano no significa afirmar que el hombre sea malo por naturaleza, pues, sin contar con lo que posteriormente conoceremos como la ley civil, ni lo bueno ni lo malo existen. Las acciones y deseos humanos, fuera de la sociedad civil no tienen connotación. Simplemente son. Lo mismo cabe expresar acerca de lo justo y de lo injusto. Y lo mismo respecto de la propiedad. Mientras en Locke, la propiedad preexiste a la constitución del contrato social, y precisamente el contrato se efectúa para la protección de la misma, en el caso de Hobbes, no tiene sentido hablar de propiedad antes de la constitución del pacto. Si no hay renuncia a los medios individuales, si no hay transferencia de poder hacia un estado soberano, la propiedad no existe y menos puede ser garantizada.

3.- El estado de naturaleza y el contrato social.

La descripción que hace Hobbes del estado de naturaleza no puede hacernos pensar que se trata de un estado deseable. Se ha esmerado en mostrar la triste y desventurada condición en que el ser humano se encontraría, sin sujeción a ninguna norma superior y entregado sólo a lo que individualmente pueda hacer para conservar su vida y la de los suyos. Por lo tanto, es evidente que una situación así no puede sostenerse. El hombre desea salir del estado de naturaleza, porque lo que el hombre busca en el fondo es la paz. Es decir, el hombre busca una situación en que un poder superior a todos los individuos se haga cargo de hacer y hacer cumplir la ley, manteniendo en consecuencia a todos lo individuos en paz, y garantizando las actividades productivas, la investigación científica y las artes. Vemos que, de la misma naturaleza humana surge la convicción de que el estado de guerra no puede prolongarse en el tiempo.

En el mismo Capítulo 13 del Leviatán que comentábamos, Hobbes señala que la posibilidad de salir del estado de naturaleza radica en parte en las pasiones del hombre y en parte en su razón: "Las pasiones que inclinan a los hombres a buscar la paz son el miedo a la muerte, el deseo de obtener las cosas necesarias para vivir cómodamente, y la esperanza de que, con su trabajo, puedan conseguirlas. Y la razón sugiere convenientes normas de paz, basándose en las cuales los hombres pueden llegar a un acuerdo. Estas normas reciben el nombre de Leyes de Naturaleza (…)"

Claramente Hobbes está afirmando que la solución al estado de naturaleza, tan peligroso para la existencia misma de los individuos, no está fuera del hombre, como una ley divina que debiera ser acatada u otro tipo de imperativo superior. La solución está en la naturaleza misma del hombre, tanto en sus pasiones como en su razón. El ser humano no puede sino desear la paz, porque teme a la muerte y desea apropiarse de bienes para la sobrevivencia y el disfrute. Y su razón le "insinúa" (diríamos), ciertas normas básicas de convivencia que podrían servir de fundamento para un eventual acuerdo. Hobbes piensa que estas normas pueden ser descubiertas por todos los individuos en el recto uso de su razón, no son reveladas ni están destinadas sólo a un sector elegido de la humanidad. Además, y esto es vital para entender por qué Hobbes requiere de un fuerte y poderoso: "Las leyes de naturaleza obligan in foro interno, es decir, nos ligan a un deseo de que se cumplan. Pero in foro externo, es decir, cuando llega la hora de ponerlas en práctica, no siempre es así. Porque el que es hombre modesto, tratable y cumple con todo lo que promete en un tiempo y lugar en que nadie hace lo mismo, sólo logrará convertirse en presa fácil para los demás, procurando así su propia destrucción, lo cual es contrario al fundamento de todas las leyes de naturaleza, las cuales tienden a la preservación de la naturaleza. A su vez, aquél que, teniendo suficientes garantías de que los otros van a observar esas leyes para con él, no está a su vez dispuesto a observarlas para con ellos, estará de hecho buscando la guerra, y no la paz y, consecuentemente, estará buscando la destrucción de su naturaleza por la violencia."

Es decir, las leyes naturales son sólo leyes morales, sólo son obligatorias en el fuero interno. Constituyen el conjunto de normas que guía a la conciencia, pero no necesariamente la conducta humana. Sólo pueden guiar la conducta de los individuos y tener un carácter de obligación cuando se constituyen como leyes civiles, cuando son impuestas por la fuerza de un estado soberano.

En los Capítulos 14 y 15, Hobbes se esfuerza por establecer el conjunto de las leyes naturales. En rigor, logra enumerar diecinueve. Antes de eso se preocupa, como un buen geómetra, de definir adecuadamente los términos. Llama Derecho Natural a "(…) la libertad que tiene cada hombre de usar su propio poder según le plazca, para la preservación de su propia naturaleza, esto es, de su propia vida; y consecuentemente, de hacer cualquier cosa que, conforme a su juicio y razón, se conciba como la más apta para alcanzar ese fin." En cambio, una Ley Natural "(…) es un precepto o regla, descubierto mediante la razón, por el cual a un hombre se le prohibe hacer aquello que sea destructivo para su vida, o elimine los medios para conservarla." Un derecho es la libertad de hacer algo; una ley, la obligación de no hacerlo. Luego, naturalmente (esto es, según el estado de naturaleza), todo individuo humano tiene derecho a todo. Sin embargo, como esta situación pone en peligro la propia supervivencia (como ya vimos), una ley fundamental de la naturaleza dicta que: "(…) cada hombre debe procurar la paz hasta donde tenga esperanza de lograrla; y cuando no pueda conseguirla, entonces puede buscar y usar todas las ventajas y ayudas de la guerra." Y luego, una segunda ley, derivada de la primera, "(…) que un hombre debe estar deseoso, cuando los otros lo están también, (…) de no hacer uso de su derecho a todo, y de contentarse con tanta libertad en su relación con los otros hombres, como la que él permitiría a los otros en su trato con él."

Nuevamente constatamos que, la fuerza del argumento a favor de una sociedad civil fundada en el contrato, reside en la evidencia de las duras condiciones que se viven en el estado de naturaleza. En tal condición, no hay justicia, no hay acciones buenas ni malas. Todo el mundo tiene derecho a todo, al punto que ninguno tiene derecho a nada. Es el permanente imperio de la guerra. Cabe entonces la búsqueda de la paz, pero a toda costa, aún cuando ello signifique, a su vez, hacer uso de la guerra.

No es el caso tratar en extenso las diecinueve leyes que Hobbes señala. Baste, para nuestros efectos, citar la ley que, de acuerdo al mismo pensador inglés, resume todo el sentido de las variadas leyes de naturaleza: "No hagas a otro lo que no quisieras que te hiciesen a ti. Esta regla servirá para que un hombre sepa todo lo necesario acerca de las leyes de naturaleza. Y bastará con que, cuando pondere las acciones de otros hombres para con él, si le parecen demasiado rigurosas, las ponga en un platillo de la balanza, y que ponga las suyas en otro, a fin de que sus propias pasiones y su amor propio no entren en el peso. Y entonces ninguna de estas leyes de naturaleza le parecerá fuera de razón."

De la propia conveniencia del individuo, extrae Hobbes la más elemental ley de convivencia humana. El miedo a la muerte que trae consigo la guerra, es un argumento con el peso suficiente para que cada individuo busque por todos los medios la paz. Pero, por otra parte, el que haya paz depende directamente de las acciones de cada individuo. En su versión positiva, debemos dar a los demás el trato que nosotros quisiéramos que nos dieran. Nunca lo contrario. Esta ley natural es la que debe fundar entonces todo el contenido de la ley civil, ley, esta última, que surge de la renuncia de los individuos a sus derechos individuales, la misma que les obliga a someterse a los designios del estado.

En el mismo Capítulo 14, define Hobbes un conjunto de términos que son muy útiles para comprender el mecanismo del contrato. Me referiré a la Renuncia y a la Transferencia por la importancia de éstos en la proposición que nos guía. De acuerdo a Hobbes, al realizar un contrato se hace uso de un derecho, pero a la vez, para que eso sea efectivo, es necesario renunciar a otros derechos. Mediante el contrato, se transfiere a otro, u otros, el goce de este derecho. Luego de establecido un contrato existe la Obligación de cumplirlo; es Deber de los contratantes cumplir con sus respectivas Renuncias. En caso contrario se comete Injusticia. "La trasferencia mutua de un derecho es lo que los hombres llaman Contrato"

La naturaleza del contrato en general obliga. Pero bastante sabe Hobbes de la naturaleza humana como para confiar que basta la palabra de los contratantes para cumplir con las obligaciones. Teniendo en cuenta que lo justo y lo injusto sólo se entienden dentro de la sociedad civil, es convicción de Hobbes que: "(…)antes de que los nombres de justo e injusto puedan tener cabida, tiene que haber un poder coercitivo que obligue a todos los hombres por igual al cumplimiento de sus convenios, por terror a algún castigo que sea mayor que los beneficios que esperarían obtener del infringimiento de su acuerdo, y para hacer efectiva esa propiedad que los hombres adquieren en sus contratos mutuos, como recompensa por el derecho universal al que han renunciado. Un poder coercitivo así, no lo hay con anterioridad a la erección del Estado. (…) Por consiguiente, allí donde no hay Estado, nada es injusto. De manera que la naturaleza de la justicia consiste en cumplir aquellos convenios que son válidos; pero la validez de éstos sólo empieza con la instauración de un poder civil, capaz de obligar a los hombres a cumplirlos; y es también entonces cuando comienza la propiedad."

Tratando de hacer una recapitulación de lo hasta aquí expuesto, tenemos entonces dos ámbitos diferentes. En uno de ellos impera el estado de naturaleza, la guerra de todos contra todos. En el otro, las relaciones humanas devienen según convenios. Sabemos que no es posible que se produzcan de otro modo so pena de que se produzca guerra, miedo y, por ende, sufrimiento. Los contratos suponen la renuncia a ciertos derechos, pero nadie puede garantizar la renuncia efectiva (el cumplimiento del contrato) a no ser que exista un poder civil, superior y coercitivo, que imponga su poder sobre los individuos. En esto consiste la soberanía del Estado (Leviatán), animal artificial que contrata con los hombres (súbditos) el imperio de la paz y, a su vez, supervisa los contratos entre ellos. Sólo dentro de esta sociedad civil es posible la justicia. Porque la justicia reside en el cumplimiento mismo de los contratos. Las normas que establecen la forma y cumplimiento de los convenios conforman las leyes civiles. Estas leyes civiles, por oposición a las naturales, devienen de la existencia de la sociedad civil y, por consiguiente del Estado. Dentro de la sociedad civil, es derecho y deber del soberano la elaboración y ejecución de la ley. Este es un derecho que ha sido transferido por los individuos y al que ellos mismo han renunciado.

En los capítulos de la Segunda Parte del Leviatán, denominada "Del Estado", Hobbes se extiende sobre las características y derechos de este poder coercitivo superior. Establece cómo debe proceder y a qué debe obedecer el soberano de este Estado para cumplir con la misión superior que se le ha encomendado. La libertad del soberano, este estar por sobre los individuos y por sobre las mismas leyes que rigen a los individuos, ha motivado que, en reiteradas oportunidades, se menciones al sistema hobbesiano como ejemplo de un estado despótico. Hay que tener cautela con este tipo de afirmaciones. En primer lugar, cada individuo renuncia a su libertad buscando la seguridad que le otorga el Estado soberano. Dicha renuncia implica que los actos del soberano lo incluyen, también a él. Todo lo que está haciendo el soberano lo está haciendo como si fuera cada uno de ellos: el soberano los representa. Por otra parte, el contrato social sólo es obligatorio cuando se alcanza el fin por el cual se suscribió, esto es, la seguridad. Lo que se cambia es obediencia por protección. Esto implica que el individuo ciudadano renuncia al derecho de resistencia, pero a su vez reconoce el derecho que tiene el Estado soberano de perseguir y castigar.

Así presentadas las cosas, Hobbes aparece como un pensador realista y empírico, que no quiere mostrar una imagen idealizada e irreal del ser humano. Quiere mostrarlo en su cruda y descarnada existencia: de allí la insistencia en que "el hombre es un lobo para el hombre". Su interés es hacer patente que nadie está seguro sin la presencia de un Estado coercitivo y omnipotente. Sólo este Estado, con ilimitada soberanía, garantiza la paz que busca en el fondo cada individuo humano, a pesar de que ello conlleve la renuncia a la libertad individual. La humana naturaleza, deducible en un estado presocial o en una situación de pérdida de la soberanía estadual, es lo que justifica finalmente el contrato social al modo del Leviatán de Hobbes.

 

 

 

 

Bibliografía

 

Thomas Hobbes: "Leviatán", Alianza Universidad, Madrid, 1996.
"El Ciudadano", DEBATE, CSIC, Madrid, 1993.
L. Strauss y J. Cropsey: "Historia de la Filosofía Política", FCE, México, 1992.
Ferdinand Tönnies: "Hobbes", Alianza Universidad, Madrid, 1988.
Norberto Bobbio: "La teoría de las formas de gobierno…", FCE, México, 1989.
John Locke: "Dos Ensayos sobre el Gobierno Civil", Espasa Calpe, Madrid, 1991

 

 

Julio de 1999.-

 

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